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Procédure collective
ALORA CONSULTING SL
CIF B73314551Voir la fiche société →
- Publications
- 2 — 17/02/2014 → 04/03/2019
- Procédure
- 499/2013
Chronologie du dossier
- Otro acto concursal04/03/2019⚖️ MURCIAOrdonnance 26/02/2019
Edicto Doña Ana María Lacalle Espallardo, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Murcia, Anuncia: 1.- Que en la Sección V de liquidación del Concurso 499/13, en el que figura como concursado Alora Consulting, S.L. con C.I.F. B-73314551 se ha dictado el día 22/2/19 auto acordando la conclusión y archivo de las actuaciones. 2.- Cesan las limitaciones de las facultades de administración y disposición, quedando el deudor responsable del pago de los créditos restantes. 3.- Los acreedores podrán iniciar o continuar ejecuciones singulares en tanto no se acuerde la reapertura del concurso. 4.- Se declara aprobada la rendición de cuentas del Administrador Concursal (artículo 181.3) y el cese de su actuación. Murcia, 26 de febrero de 2019.- Letrada de la Administración de Justicia, Ana María Lacalle Espallardo.
- Declaración de concurso17/02/2014⚖️ MURCIAProc. 499/2013Ordonnance 31/01/2014
Edicto Doña María del Carmen Navarro Esteban, Secretaria judicial del Juzgado Mercantil n.º 1 de Murcia, Por el presente, hago saber: 1.º Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º 499/2013 y NIG n.º 30030 47 1 2013/0000941, se ha dictado en fecha 31 de enero de 2014 auto de declaración de concurso voluntario del deudor Alora Consulting, S.L., con B73314551, cuyo centro de intereses principales lo tiene en calle Serrano Alcázar, n.º 2, entlo. A, 30001 Murcia. 2.º Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición que seguirá ejerciendo el deudor. Se ha designado, como Administración Concursal a Auditores y Consultores, S.L.P., con CIF B-30262901, domicilio profesional en calle Antonio Martínez Guirao, n.º 14, 8.º D, Murcia. Teléfono 968 287 032, fax 968 299 591 y correo electrónico [email protected] señalado para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos. 3.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el "Boletín Oficial del Estado". 4.º Las resoluciones que traigan causa del concurso se publicarán en la siguiente dirección electrónica del Registro Público Concursal www.oficinajudicialmurcia.es. Murcia, 6 de febrero de 2014.- El Secretario judicial.
Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.