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Procédure collective
ALUMADE CARPINTERIA SL
CIF B70011283Voir la fiche société →
- Publications
- 4 — 17/12/2018 → 09/07/2021
- Procédure
- 502/2018
- Tribunal
- JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE A CORUÑA
Chronologie du dossier
- Otro acto concursal09/07/2021⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE A CORUÑA Proc. 502/2018Juge : AMAGOIA SERRANO BARRIENTOSOrdonnance 15/03/2021
Las partes personadas, que se consideren perjudicadas, pueden impugnar el inventario de los bienes y la lista de acreedores en el plazo de DIEZ días desde la notificación personal de la presentación del informe, de conformidad con el art. 297.1 LC
- Otro acto concursal09/07/2021⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE A CORUÑA Proc. 502/2018Juge : Victoria Sainz de Cueto SanchezOrdonnance 15/03/2021
Admitir comunicación de insolvencia y de inicio de negociaciones a instancia de Dª M Angeles Iglesisas Lopez, para la designación de mediador concursal para acuerdo extrajudicial de pagos y concesión efectos previstos en el art. 5 bis y 15.3 de LC
- Conclusión del concurso09/07/2021⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE A CORUÑA Proc. 502/2018Ordonnance 15/03/2021
Auto de conclusión de concurso
- Declaración de concurso17/12/2018⚖️ A CORUÑAProc. 502/2018Ordonnance 23/11/2018
Edicto Don Fernando Santiso Vázquez, Letrado de la Administración de justicia del Xuzgado do Mercantil número 2 de A Coruña, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo veintitrés de la Ley Concursal, Anuncia Primero.-Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el número Sección I Declaración Concurso 502/2018 – N y NIG 15030 47 1 2018 0000489 se ha dictado en fecha 23 de noviembre de 2018 Auto de Declaración de concurso voluntario del deudor Alumade Carpinteria, S.L,, con CIF B70011283, domicilio social en Parque empresarial de Vidrieiro, 10, parcela-camp., 15600 Pontedeume, A Coruña. Segundo.-Las facultades de administración y disposición sobre el patrimonio del deudor quedan intervenidas por la administración concursal que se designará al efecto, mediante su autorización o conformidad. Tercero.-Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la Ley Concursal. El plazo para esta comunicación es el de un mes, a contar desde la publicación del anuncio en el Boletín Oficial del Estado. Cuarto.-Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de procurador y asistidos por letrado (artículo 184.3 de la Ley Concursal). Quinto.-Que ha sido nombrada administradora concursal única a la abogada Doña María Rocío Meizoso Meizoso con despacho profesional en Avda. A Coruña, 13, bajo 15230, As Pontes, correo electrónico: concurso.alumade @raulmeizosoabogados.com, teléfono 981 440 673 y fax 981 453 077. A Coruña, 5 de diciembre de 2018.- Letrado de la Administración de Justicia, Fernando Santiso Vázquez.
Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.