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Procédure collective

ALUMINIOS GUANCHA SL EN LIQUIDACION

CIF B38248985Voir la fiche société

Publications
414/02/201217/02/2021
Procédure
10/2019
Tribunal
Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Santa Cruz de Tenerife

Chronologie du dossier

  1. Conclusión del concurso17/02/2021
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Santa Cruz de TenerifeProc. 10/2019Ordonnance 20/01/2021

    Edicto Doña Victoria Eugenia Pérez de Ascanio Gómez-Pablos, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Santa Cruz de Tenerife, Por el presente se hace saber que en el procedimiento concursal 0000062/2011, seguido en virtud de declaración del concurso de la entidad Aluminios Guancha, S.L., CIF B38248985, se ha dictado sentencia firme, el día 28-04-2020, así como Auto de Rectificación de fecha 11-06-2020, firme, cuyo fallo y parte dispositiva son las siguientes: - Sentencia, firme, de 28-04-2020: "...Fallo Desestimo íntegramente la demanda presentada por la Tesorería General De La Seguridad Social el día 15/10/2019 y en consecuencia: 1.- Apruebo la rendición de cuentas presentada por la administración concursal. 2.- Declaro la conclusión del concurso de Cosmográfica, S.L., y el archivo de las actuaciones. 3.- Se declara la Extinción de la entidad Aluminios Guancha, S.L. 4.- Se declara el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor hasta ahora subsistentes, salvo las que, en su caso, se contengan en la sentencia firme de calificación. 5.- Todo ello sin expresa condena en costas. Hágase público, igualmente, la presente declaración de conclusión y archivo en los términos del artículo 23 y 24 de la LC. En concreto por medio de edictos que se insertarán en el Boletín Oficial del Estado, con los requisitos establecidos en el artículo 21 de la Ley Concursal. Esta publicación tendrá carácter gratuito dada la insuficiencia de bienes del concursado y de la masa activa. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 24 de la Ley Concursal, líbrese mandamiento al Registro Mercantil, para el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor, así como del cese de los administradores concursales; así como para que por éste se de la publicidad prevista en el RD 685/2005. Así como la extinción de la sociedad. Los correspondientes oficios y mandamientos serán entregados al procurador del solicitante para su inmediata remisión a los medios de publicidad y práctica de la cancelación de los asientos registrales previstos. Notifíquese esta sentencia a las partes con indicación de que contra ella cabe recurso de apelación a interponer en el plazo de veinte días. Para la interposición del recurso deberá consignarse la cantidad de 50 euros bajo apercibimiento de inadmisión. Por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo..." - Auto de rectificación, firme, de fecha 11-06-2020: "...Parte Dispositiva Acuerdo.- Rectificar los errores de transcripción apreciados y corregir la Sentencia número 141/2020, de 28 de abril del 2020, en el sentido siguiente: 1. Donde dice: Cosmográfica, S.L., debe decir: Aluminios Guancha, S.L. 2. Donde dice en el Fallo: «Todo ello sin imposición de costas», debe decir «Con imposición de costas a la parte vencida en juicio». Modo de Impugnación.- contra la presente resolución no cabe recurso alguno, sin perjuicio de los recursos que procedan, en su caso, contra la resolución a la que se refiera la solicitud o actuación de oficio (art. 214.4 LEC) Así lo dispone, manda y firma D. Néstor Padilla Díaz, Juez de Refuerzo Jat, del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Santa Cruz de Tenerife. El Juez de refuerzo Jat..." Y para que sirva de publicación a los efectos acordados en el Auto dictado, así como de notificación a los acreedores y al deudor en el caso de que éste no hubiere comparecido, de conformidad a lo establecido en la Ley Concursal. Santa Cruz de Tenerife, 20 de enero de 2021.- Letrada de la Administración de Justicia, Victoria Eugenia Pérez de Ascanio Gómez-Pablos.

  2. Declaración de concurso18/05/2015
    ⚖️ SANTA CRUZ DE TENERIFEOrdonnance 25/03/2015

    D/Dña. CRISTO JONAY PÉREZ RIVEROL, Secretario Judicial, del Juzgado de los Mercantil N.º 1, de Santa Cruz de Tenerife. Por el presente se hace saber que en el procedimiento concursal número 0000062/2011, seguido en virtud de la declaración de concurso de ALUMINIOS GUANCHA, S.L., con CIF B-38248985, se ha dictado en el día de hoy diligencia de ordenación, teniendo la parte dispositiva de este el tenor siguiente: Visto el estado de las actuaciones se suspende la junta señalada para el próximo día 25 de marzo de 2015, a las 10:00 horas, y en su lugar se convoca a los acreedores de la lista del informe de la administración concursal a la Junta que tendrá lugar en la sala de vistas de este juzgado el próximo día 25 de junio de 2015, a las 10:00 horas, procediendo a la publicidad de acuerdo al artículo 23 de la Ley concursal. Se autoriza al Administrador concursal Don Alfonso Francisco Delgado Rodríguez para que presida la Junta de Acreedores. Publíquense los correspondientes edictos en el Tablón de anuncios de este Juzgado y Boletín Oficial del Estado, librándose para ello los correspondientes oficios que serán entregado a la Procuradora del solicitante del concurso a fin de que proceda a su remisión de inmediato a los medios de publicidad correspondiente. Los acreedores que lo deseen pueden adherirse a la propuesta de convenio presentada en los términos previstos en el art. 115.3 de la Ley Concursal. Tienen derecho de asistencia a la Junta los acreedores que figuren incluidos en la lista definitiva de acreedores, pudiendo hacerse representar por medio de apoderados en la forma prevista en el art. 118 de la Ley Concursal. Santa Cruz de Tenerife, 24 de marzo de 2015.- Secretario judicial.

  3. Declaración de concurso02/08/2012
    ⚖️ SANTA CRUZ DE TENERIFEOrdonnance 12/07/2012

    Don Cristo Jonay Pérez Riverol, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Santa Cruz de Tenerife, Por el presente, se hace saber, que en el procedimiento concursal 0000062/2011, seguido en virtud de la declaración de concurso de Aluminios Guancha, S.L. y CIF n.º B38248985, se ha presentado el informe de la Administración Concursal al que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley Concursal, junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores. Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la Secretaría del Juzgado, así como obtener copias, a su costa. Dentro del plazo de diez días, a contar desde la notificación a quienes se hayan personado en autos y para el resto de los interesados se computará desde la última publicación de las previstas en el tablón de anuncios del Juzgado y en el Registro Público Concursal previsto en el art. 198 de la Ley Concursal y en tanto se produce la reglamentación de dicho órgano, se publicará en el Boletín Oficial del Estado, los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes o derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este Juzgado de lo Mercantil. Para realizar dichas impugnaciones se necesita valerse de Abogado y Procurador. En Santa Cruz de Tenerife, 12 de julio de 2012.- El/La Secretario/a Judicial.

  4. Otro acto concursal14/02/2012
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Santa Cruz de TenerifeOrdonnance 15/11/2011

    D/ña. Cristo Jonay Pérez Riverol, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Santa Cruz de Tenerife. Por el presente se hace saber que en el procedimiento concursal 0000062/2011, seguidos a instancias de la Procuradora Doña Adriana Hernández Díaz, en nombre y representación de la entidad Aluminios Guancha, S.L., CIF B38248985, se ha dictado Auto el día 03-10-11, en cuya parte dispositiva constan, entre otros, los siguientes extremos: Se declara en concurso, que tiene carácter de voluntario abreviado al deudor Aluminios Guancha, S.L., y se declara abierta la fase común del concurso. Se nombra a Don Alfonso Francisco Delgado Rodríguez, miembro único de la administración concursal que, además de las facultades legalmente previstas, deberá prestar su autorización o conformidad a los actos de administración y disposición sobre el patrimonio del deudor realice éste, al acordarse la intervención de dichas facultades, en los términos del artículo 40 de la Ley Concursal. Los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la ley Concursal. El plazo para ésta comunicación es de quince días, a contar desde la publicación del anuncio en el Boletín Oficial del Estado. Los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado. (art. 184.3 de la Ley Concursal). Y para que sirva de publicación a los efectos acordados en el Auto dictado, así como de notificación a los acreedores y al deudor en el caso de que éste no hubiere comparecido, de conformidad a lo establecido en el art. 21.5 y 23 de la Ley Concursal, se expide el presente Edicto en Santa Cruz de Tenerife, 15 de noviembre de 2011.- El/la Secretario/a Judicial.

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.