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Procédure collective

ALVAREZ HORTAS SL EN LIQUIDACION

CIF B19149806Voir la fiche société

Publications
210/03/202030/06/2020
Procédure
71/2020
Tribunal
PRIMERA INSTANCIA/MERCANTIL - 4

Chronologie du dossier

  1. Otro acto concursal30/06/2020
    ⚖️ PRIMERA INSTANCIA/MERCANTIL - 4Proc. 71/2020Juge : ANGELA SANZ RUBIOOrdonnance 30/06/2020

    SE PONDE DE MANIFIESTO POR DIEZ DIAS EL INFORME PROVISIONAL PRESENTADO POR LA AC

  2. Apertura de liquidación10/03/2020
    ⚖️ GUADALAJARAOrdonnance 13/02/2020

    D. Juan Luis Ramos Mendoza, Letrado Administración de Justicia del Juzgado de 1.ª Instancia N.º 4 y Mercantil de Guadalajara. 1º.- Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º 71 /2020 y NIG n.º 19130 42 1 2020 0000592, se ha dictado en fecha 13 de febrero de 2020, Auto declaración concurso voluntario abreviado del deudor ÁLVAREZ HORTAS, S.L., con CIF N.º B-19149806, cuyo centro de intereses principales lo tiene en C/ Francisco Aritio nº 76, Guadalajara, y se ha abierto la fase de Liquidación. 2º.- Se ha acordado la suspensión de las facultades del deudor de la Administración y disposición sobre su patrimonio, que serán sustituidas por la Administración Concursal. Se ha designado, como Administración concursal a D. Rafael Martín Rueda, con domicilio postal en Plaza Celenque nº 1, 3º izq., 28013 Madrid, y dirección electrónica señalada [email protected] para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos. 3º.- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado. Guadalajara, 14 de febrero de 2020.- El Letrado de la Administración concursal, Juan Luis Ramos Mendoza.

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.