Accueil›Justice›ANDRES GARCIA LIBROS SL
Procédure collective
ANDRES GARCIA LIBROS SL
CIF B37032257Voir la fiche société →
- Publications
- 5 — 02/12/2019 → 13/06/2024
- Procédure
- 583/2019 · 0000583/2019
- Tribunal
- JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NÚMERO 4 DE SALAMANCA · Primera instancia/Mercantil - 4
Chronologie du dossier
- Otro acto concursal13/06/2024⚖️ JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NÚMERO 4 DE SALAMANCA Proc. 583/2019Ordonnance 19/02/2024
Cese de las limitaciones de las facultades de administración
- Otro acto concursal13/06/2024⚖️ JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NÚMERO 4 DE SALAMANCA Proc. 583/2019Juge : ESTHER LOPEZ RUANOOrdonnance 19/02/2024
Se dicta la declaración del concurso, se identifica al administrador concursal y se admite a trámite la Propuesta Anticipada de Convenio.
- Conclusión del concurso13/06/2024⚖️ JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NÚMERO 4 DE SALAMANCA Proc. 583/2019Juge : ANTONIO MARTINEZ VICENTEOrdonnance 19/02/2024
Aprobación del plan de liquidación y apertura de la sección sexta sobre la calificación del concurso, dando plazo de 10 a acreedores para alegar el concurso como culpable
- Conclusión del concurso23/02/2024⚖️ Primera instancia/Mercantil - 4Proc. 0000583/2019Juge : JESUS JAVIER IGLESIAS MARTÍNOrdonnance 19/02/2024
1.- La conclusión del concurso de acreedores del deudor ANDRÉS GARCÍA LIBROS S.L.
- Declaración de concurso02/12/2019⚖️ SALAMANCAProc. 583/2019Ordonnance 13/11/2019
EDICTO Don Jesús Javier Iglesias Martín, Letrado de la Administración de Justicia de Juzgado de Primera Instancia nº 4 de Salamanca, por el presente, Hago saber: 1º.- Que en la Sección Primera Declaración de Concurso 583/2019 seguido en este órgano judicial se ha dictado en fecha 13 de noviembre de 2019 Auto de declaración de concurso de la entidad Andrés García Libros, S.L., con CIF B37032257, cuyo centro de intereses principales lo tiene en calle Pintores nº 3 en Polígono Industrial Los Villares, de Villares de la Reina (Salamanca). 2º.- Se ha acordado la suspensión de las facultades de Administración y disposición del deudor. 3º.- El llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, será de UN MES desde la publicación del presente. La comunicación se formulará por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y se dirigirá a la Administración concursal. La comunicación podrá presentarse en el domicilio designado al efecto el cual deberá estar en la localidad en la que tenga su sede el juzgado, o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. 4º.- La identidad de la Administración concursal es la siguiente: doña María Luisa Bautista Olivenza, economista. La dirección postal de la Administración concursal es la siguiente: calle Toro nº 13 - 17, 3º A. Salamanca (37002). La dirección electrónica de la Administración concursal es la siguiente: [email protected] 5º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Abogado/a (artículo 184.3 LC). Salamanca, 27 de noviembre de 2019.- Letrado de la Administración de Justicia, Jesús Javier Iglesias Martín.
Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.