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Procédure collective
ZUMAIAKO EGUR MAKIÑAK SAL
CIF A20688503Voir la fiche société →
- Publications
- 2 — 17/06/2009 → 30/12/2009
- Procédure
- 388/2009
Chronologie du dossier
- Apertura de liquidación30/12/2009⚖️ SAN SEBASTIÁNProc. 388/2009Ordonnance 14/12/2009
Edicto. El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Donostia-San Sebastián, anuncia: Que en el procedimiento concursal número 388/2009, referente al concursado Zumaiako Egur Makinak, Sociedad Anónima Laboral-Zem, con CIF A20688503, por auto de fecha 14 de diciembre de 2009 se ha acordado lo siguiente: Primero.- Abrir la fase de liquidación del concurso a petición del deudor. Segundo.- Acordar la suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio. Tercero.- Se ha declarado disuelta la Zumaiako Egur Makinak, Sociedad Anónima Laboral, cesando en su función sus administradores sociales, que serán sustiuídos por la administración concursal. Cuarto.- La misma resolución ha acordado la formación de la sección sexta del concurso para la calificación del mismo. Dentro de los diez días siguientes a la última publicación de este edicto, que está previsto anunciarlo en el tablón de anuncios del Juzgado y en el Boletín Oficial del Estado cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo, podrá personarse y ser parte en dicha sección, alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable. Donostia-San Sebastián, 14 de diciembre de 2009.- La Secretaria Judicial.
- Otro acto concursal17/06/2009⚖️ SAN SEBASTIÁN.Proc. 388/2009Ordonnance 05/06/2009
Edicto El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Donostia-San Sebastián, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia: Primero.- Que en el procedimiento número 388/2009, por auto de 5 de junio de 2009 se ha declarado en concurso voluntario al deudor Zumaiako Egur Makinak Sociedad Anónima Laboral- Zem, con NIF A-20688503, con domicilio en Calle Apartado de Correos número 122- 20750 Zumaia y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Zumaia. Segundo.- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal. Tercero.- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. El plazo para esta comunicación es el de un 15 días a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial del Estado. Cuarto.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). En Donostia-San Sebastián a, 5 de junio de 2009.- La Secretario Judicial.
Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.