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Procédure collective
ANORAY SOCIEDAD LIMITADA
CIF B20183406Voir la fiche société →
- Publications
- 4 — 01/12/2011 → 15/10/2016
- Procédure
- 822/2011
- Tribunal
- Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Donostia
Chronologie du dossier
- Otro acto concursal15/10/2016⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de DonostiaProc. 822/2011Ordonnance 03/10/2016
Edicto El Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Donostia, Anuncia: Que en el procedimiento concursal número 822/2011, en el que figura como concursada ANORAY, S.L., CIF B20183406, se ha dictado el 03.10.16 auto que declara concluso el concurso y acuerda el archivo de las actuaciones por insuficiencia de la masa activa para la satisfacción de los créditos contra la masa. La misma resolución ha decretado el cese de las limitaciones que pudieran quedar subsistentes en cuanto a las facultades de administración y disposición del deudor. Asimismo, se ha acordado también la extinción de la persona jurídica deudora. Dicho auto es firme por no caber contra el mismo recurso alguno. San Sebastián, 3 de octubre de 2016.- La Letrada de la Administración de Justicia.
- Otro acto concursal22/11/2012⚖️ SAN SEBASTIÁNProc. 822/2011Ordonnance 05/11/2012
Edicto. El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Donostia - San Sebastián, Anuncia: Que en el procedimiento concursal número 822/2011, referente al concursado Anoray, S.L., con CIF B20183406, por auto de fecha 02/11/2012 se ha acordado lo siguiente: 1. Aprobar el plan de liquidación. 2. La misma resolución ha acordado la formación de la sección sexta del concurso para la calificación del mismo. Dentro de los diez días siguientes a la última publicación de este edicto, que está previsto anunciarlo en el tablón de anuncios del Juzgado y en el Boletín Oficial del Estado, cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo, podrá personarse y ser parte en dicha sección, alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable. Donostia - San Sebastián, 5 de noviembre de 2012.- La Secretario Judicial.
- Apertura de liquidación14/07/2012⚖️ SAN SEBASTIÁNProc. 822/2011Ordonnance 28/06/2012
Edicto El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Donostia - San Sebastián anuncia: Que en el procedimiento concursal número 822/2011 referente al concursado Anoray, S.L., con CIF B20183406, por auto de fecha 28/6/2012 se ha acordado lo siguiente: 1. Abrir la fase de liquidación del concurso a petición del deudor. 2. Acordar la suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio. 3. Se ha declarado disuelta la mercantil Anoray, S.L.U., cesando en su función sus administradores sociales, que serán sustituídos por la administración concursal. Donostia-San Sebastián, 28 de junio de 2012.- La Secretario Judicial.
- Otro acto concursal01/12/2011⚖️ SAN SEBASTIÁNProc. 822/2011Ordonnance 17/11/2011
Edicto El Juzgado de lo Mercantil Número 1 de Donostia - San Sebastián, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia: 1.º Que en el procedimiento número 822/2011, por auto de 17 de Noviembre de 2011 se ha declarado en concurso VOLUNTARIO al deudor ANORAY, S.L., con NIF B20183406, con domicilio en Polígono Aranibar-Parcela 1-1 n.º 24-25 - 20300 Barrio de Ventas - IRÚN y cuyo centro de principales intereses lo tiene en IRUN. 2.º Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal. 3.º Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. El plazo para esta comunicación es el de 15 días naturales a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial del Estado. 4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Donostia - San Sebastian, 17 de noviembre de 2011.- La Secretario Judicial.
Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.