Procédure collective
APROITESA SL
CIF B83333203Voir la fiche société →
- Publications
- 2 — 28/03/2017 → 16/05/2017
- Procédure
- 253/2017 · 219/2017
- Tribunal
- Juzgado de lo Mercantil n.º 12 de Madrid
Chronologie du dossier
- Otro acto concursal16/05/2017⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 12 de MadridProc. 253/2017Ordonnance 20/04/2017
Edicto D. Luis Espinosa Navarro, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 12 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal anuncia: 1. Que en el procedimiento Concurso Abreviado 253/2017, por Auto de fecha 20 de abril de 2017, se ha declarado en Concurso Voluntario al deudor APROITESA, S.L., con CIF B-83333203, inscrita en el Registro Mercantil de Madrid, Tomo 17707, Libro 0, folio 175, hoja M-304988. 2. Que en el procedimiento Concurso Abreviado 253/2017 por auto de fecha 20 se ha decretado la conclusión y archivo del concurso por insuficiencia de la masa activa para la satisfacción de los créditos contra la masa. 176 bis 2 y 3. 3. Cesan las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor subsistentes, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación en su caso. 4. Tratándose en este caso de una persona jurídica, procede conforme a lo ordenado en el art. 178.3, declarar su extinción. Madrid, 21 de abril de 2017.- Letrado de la Administración de Justicia.
- Declaración de concurso28/03/2017⚖️ MADRIDProc. 219/2017Ordonnance 28/02/2016
Doña María Jesús Palmero Sandín, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil número 6 de Madrid, anuncio: En este juzgado se siguen autos de procedimiento concurso abreviado bajo el número 219/2017 sobre la mercantil Telémaco Ingeniería de Automatización y Control Sociedad Anónima en cuyos autos consta dictado auto de fecha 28 de febrero de 2016 acordando: 1. Se declara la competencia territorial de este Juzgado para conocer del concurso solicitado por el procurador de los tribunales señor Sanz Arroyo, en nombre y representación de Telémaco Ingeniería de Automatización y Control, Sociedad Anónima, con CIF B83333203. 2. Se declara en concurso, que tiene carácter de voluntario al deudor Telémaco Ingeniería de Automatización y Control, Sociedad Anónima. Se aplicarán en la tramitación del procedimiento las normas procedimentales del Capítulo II del Titulo VIII Ley Concursal, para el procedimiento abreviado. 3. El deudor Telémaco Ingeniería de Automatización y Control, Sociedad Anónima, conservará las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio. 4. Se acuerda, simultáneamente a lo anterior, la conclusión del concurso por la causa 3ª del apartado 1º del artículo 176 bis Ley Concursal, con los efectos inherentes a dicha declaración, en especial: a) Se acuerda el cese de todas las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor que pudieran derivarse de la presente declaración de concurso, sin que haya lugar al cese de administrador concursal al no haber sido designado. b) Firme la presente resolución, notifíquese la presente a los acreedores y demás interesados, inscribiendo la misma en el modo señalado en el artículo 24 Ley Concursal, declarando la gratuidad de la inscripción en el Boletín Oficial del Estado. c) Se acuerda a efectos concursales la extinción de la personalidad jurídica de la sociedad concursada, disponiendo la cancelación de su inscripción en los registros públicos y el cierre de las hojas registrales a los efectos concursales, librando para ello los oportunos mandamientos una vez firme la presente resolución. Y para que sirva de publicidad en forma expido y firmo la presente. Madrid, 28 de febrero de 2017.- Letrada de la Administración de Justicia.
Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.