AccueilJusticeARABASA BALEAR SL

Procédure collective

ARABASA BALEAR SL

CIF B07902836Voir la fiche société

Publications
212/08/201025/08/2015
Tribunal
Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Palma de Mallorca

Chronologie du dossier

  1. Conclusión del concurso25/08/2015
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Palma de MallorcaOrdonnance 11/06/2015

    D. Enrique Díaz Revorio, Secretario del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Palma de Mallorca, por el presente, Hago saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado con el n.º 239/10, se ha dictado a instancia de de la Administración concursal en fecha 11 de junio de 2015 Auto de conclusión del concurso del deudor ARABASA BALEAR, S.L.. con CIF B-07902836 y domicilio en la calle Licorers, numero 164 (nave 4), habiéndose aprobado en el citado auto la rendición de cuentas presentada por la Administración concursal, quedando la misma de manifiesto en esta Oficina Judicial. Palma, 31 de julio de 2015.- El Secretario judicial.

  2. Otro acto concursal12/08/2010
    ⚖️ PALMA DE MALLORCAOrdonnance 05/07/2010

    Edicto El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Palma de Mallorca, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia: Primero.- Que en el procedimiento número 0000239/2010, por auto de 5 de julio de 2010 se ha declarado en concurso Voluntario Abreviado al deudor Arabasa Balear, S.L., con CIF B-07902836, con domicilio en principales intereses lo tiene en calle Liborers, número 164 (nave 4), Polígono Industrial de Marratxi. Segundo.- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal. Tercero.- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la Ley Concursal. El plazo para esta comunicación es el de quince días a contar desde la publicación del anuncio que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado. Cuarto.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 Ley Concursal). Palma de Mallorca, 5 de julio de 2010.- El/La Secretario Judicial.

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.