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Procédure collective

ARAGON SOLAR, S.L.L. EN LIQUIDACION

CIF B19202225Voir la fiche société

Publications
213/06/201322/04/2021
Procédure
130/2013

Chronologie du dossier

  1. Otro acto concursal22/04/2021
    ⚖️ GUADALAJARAProc. 130/2013Ordonnance 15/04/2021

    Don Juan Luis Ramos Mendoza, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de 1.ª Instancia n.º 4 y de lo Mercantil de Guadalajara, anuncia: Que en el procedimiento concursal número 130/2013, por auto de fecha 15 de abril de 2021, se ha declarado la conclusión y el archivo de este procedimiento concursal por inexistencia de bienes y derechos de la masa activa con los que satisfacer los créditos contra la masa del concurso, del concursado ARAGÓN SOLAR, S.L., con CIF B19202225. Con la referida resolución cesan las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor, cesando en su cargo el administrador concursal. Se ha acordado la cancelación de los asientos referentes a la sociedad y el cierre de su hoja en el Registro Mercantil correspondiente. El mismo Auto aprueba la rendición de cuentas presentada por la Administración concursal. Guadalajara, 16 de abril de 2021.- Letrado de la Administración de Justicia, Juan Luis Ramos Mendoza.

  2. Declaración de concurso13/06/2013
    ⚖️ GUADALAJARAOrdonnance 03/06/2013

    Edicto Doña Eva Soriano Alonso, Secretario/a judicial de Juzgado de Primera Instancia n.º 4 y de lo Mercantil de Guadalajara, hago saber: 1º.- Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º Sección I Declaración Concurso 0000130 /2013 se ha dictado en fecha 7 de mayo de 2.013, Auto de Declaración de Concurso del deudor Aragón Solar, S.L.L., con CIF n.º B-19202225, cuyo centro de intereses principales lo tiene en Los Chopos, n.º 80-C, Valdeaveruelo (Guadalajara). 2º.- Habiéndose acordado la apertura de la fase de liquidación, de conformidad con lo prevenido en el art. 145.1 de la LC, la situación del concursado será la de suspensión del ejercicio de las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, con todos los efectos establecidos para ella en el título III de la referida Ley Concursal. Se ha designado, como administración concursal al Letrado D. Luis Miguel Escarpa Polo, con domicilio postal en Guadalajara, C/ Carmen, n.º 3, y dirección electrónica señalada [email protected] para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos. 3º.- Igualmente, se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes, a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado. Guadalajara, 3 de junio de 2013.- La Secretaria judicial.

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.