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Procédure collective
ARAMBIL MILENIUM SOCIEDAD LIMITADA
CIF B95184230Voir la fiche société →
- Publications
- 2 — 04/02/2010 → 23/10/2014
- Procédure
- 626/2008
- Tribunal
- Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Bilbao anuncia:
Chronologie du dossier
- Otro acto concursal23/10/2014⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Bilbao anuncia:Proc. 626/2008Ordonnance 28/07/2014
El Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Bilbao anuncia: Que en el procedimiento concursal número 626/2008, en el que figura como concursado/a Arambil Milenium, S.L., CIF B95184230, se ha dictado, el 28/7/2014, auto, declarando concluso el concurso y el archivo de las actuaciones a los efectos previstos en los artículos 177, 178 y concordantes de la LC. Dicho auto es firme por no caber contra el mismo recurso alguno. Bilbao, 28 de julio de 2014.- La Secretaria Judicial.
- Apertura de liquidación04/02/2010⚖️ BILBAOOrdonnance 20/01/2010
El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Bilbao (Bizkaia), anuncia: Que en el procedimiento concursal número 626/08 referente al concursado Arambil Milenium, S.L. con NIF B95184230, por auto de fecha 18/01/10 se ha acordado lo siguiente: 1.- Abrir la fase de liquidación del concurso a petición del deudor. 2.- Acordar la suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio. 3.- Se ha declarado disuelta la mercantil Arambil Milenium, S.L. con NIF B95184230, cesando en su función sus Administradores sociales, que serán sustituidos por la administración concursal. 4.- La misma resolución ha acordado la formación de la sección sexta del concurso para la calificación del mismo. Dentro de los diez días siguientes a la última publicación de este edicto, que está previsto anunciarlo en el tablón de anuncios del Juzgado y en el Boletín Oficial del Estado, cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo podrá personarse y ser parte en dicha sección alegando por escrito cuanto considere relevante par la calificación del concurso como culpable. Bilbao (Bizkaia), 20 de enero de 2010.- El/La Secretario Judicial.
Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.