Procédure collective
AYMAR 2005 SL
CIF B37438504Voir la fiche société →
- Publications
- 3 — 02/03/2009 → 11/02/2013
- Procédure
- 176/2009
Chronologie du dossier
- Apertura de liquidación11/02/2013⚖️ SALAMANCAProc. 176/2009Ordonnance 29/01/2013
Edicto El Juzgado de lo Mercantil de Salamanca, anuncia: Que en el procedimiento concursal número 176/2009 referente al deudor Aymar 2005, S.L., con C.I.F. número B-37438504, mediante auto firme de fecha 29-1-2013 se ha acordado: 1. La conclusión del concurso de acreedores del deudor Aymar 2005, S.L. por finalización de la fase de liquidación. 2. El cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor subsistentes. 3. Que el deudor queda responsable del pago de los créditos restantes y los acreedores podrán iniciar o reactivar las correspondientes ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o no se declare nuevo concurso. Para tales ejecuciones, la inclusión de su crédito en la lista definitiva de acreedores se equiparará a una sentencia de condena firme. 4. Que de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 178 de la Ley Concursal, se acuerda la extinción de la persona jurídica Aymar 2005, S.L. y la cancelación de su inscripción en el Registro Mercantil. 5. Declarar aprobadas las cuentas rendidas, por la Administración concursal y el cese de la Administración concursal. Salamanca, 29 de enero de 2013.- El Secretario Judicial.
- Otro acto concursal25/03/2009⚖️ SALAMANCA.Proc. 176/2009Ordonnance 06/03/2009
EDICTO El Juzgado de Primera Instancia número 4 y Mercantil de Salamanca, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), Anuncia: Primero.- Que en el procedimiento número 176/2009, por auto de 6 de marzo de 2009, se ha declarado en concurso voluntario al deudor Aymar 2005, S.L., con domicilio en calle Salas Pombo, sin número, de Villares de La Reina (Salamanca) y con CIF número B-37438504 y cuyo centro de principales intereses lo tiene en c/ Salas Pombo, sin número, de Villares de La Reina (Salamanca). Segundo.- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal. Tercero.- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la Ley Concursal. El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado, Boletín Oficial de la Provincia y en el diario "Tribuna de Salamanca". Cuarto.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 Ley Concursal). Salamanca, 6 de marzo de 2009.- El Secretario Judicial.
- Otro acto concursal02/03/2009⚖️ SALAMANCA.Ordonnance 03/02/2009
EDICTO El Juzgado Mercantil de Salamanca, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, Anuncia Primero.- Que en el procedimiento número 1326/08, por Auto de 3 de febrero de 2009, se ha declarado en concurso voluntario al deudor Arana Durvi, S.L., con CIF B-37438504, con domicilio y cuyo centro de principales intereses en Villares de la Reina (Salamanca). Segundo.- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal. Tercero.- Que los acreedores del concursado deben poner conocimiento de la administración concursal la existencia sus créditos en la forma y con los datos expresados en artículo 85 de la Ley Concursal. El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Tablón de Anuncios de este Juzgado, Boletín Oficial de la Provincia de Salamanca, Boletín Oficial del Estado y en el Diario “La Gaceta de Salamanca”. Cuarto.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 Ley Concursal). Salamanca, 3 de febrero de 2009.- El Secretario judicial.
Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.