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Procédure collective

ARAVOLO CYCLES SOCIEDAD LIMITADA EN LIQUIDACION

CIF B98681166Voir la fiche société

Publications
610/07/201822/03/2023
Procédure
460/2018
Tribunal
JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE VALENCIA · Mercantil - 2

Chronologie du dossier

  1. Otro acto concursal22/03/2023
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE VALENCIA Proc. 460/2018Ordonnance 14/03/2023

    Cese de Administrador concursal

  2. Conclusión del concurso22/03/2023
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE VALENCIA Proc. 460/2018Ordonnance 14/03/2023

    Auto de conclusión de concurso

  3. Conclusión del concurso16/03/2023
    ⚖️ Mercantil - 2Proc. 460/2018Juge : JACINTO TALENS SEGUIOrdonnance 14/03/2023

    Conclusión del Concurso y Rendición de Cuentas

  4. Otro acto concursal26/01/2023
    ⚖️ MERCANTIL - 2Proc. 460/2018Juge : (LAJ) MARIA ISABEL BOGUÑA PACHECOOrdonnance 10/01/2023

    ESCRITO DE RENDICIÓN DE CUENTAS DE LA ADMINISTRRACIÓN CONCURSAL

  5. Declaración de concurso31/07/2018
    ⚖️ VALENCIAOrdonnance 29/05/2018

    Don Jorge Víctor Iglesias de Baya, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Valencia, de conformidad con lo previsto en los artículos 21 y 23 de la Ley Concursal, por el presente doy la publicidad ordenada al Auto de declaración de concurso dictado en este Juzgado y, Hago saber: Que en este Juzgado se tramitan Autos de concurso abreviado voluntario n.º 460/18 habiéndose dictado en fecha 29 de mayo de 2018 por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez Jacinto Talens Seguí, Auto de declaración de concurso de acreedores de Aravolo Cycles, S.L., con domicilio en calle Cuba, n.º 44, Valencia y CIF n.º B98681166, inscrita en el Registro Mercantil de esta Provincia, al Tomo 9867, Folio 121, Hoja V-162037. Que se ha acordado la intervención de las funciones de disposición y administración de la concursada, que quedarán sometidas a la autorización o conformidad de la administración concursal designada. Se ha nombrado administrador concursal a don Gabriel Hinarejos Viadel con domicilio en la Plaza del Ayuntamiento, n.º 22-6, Valencia y correo electrónico [email protected]. Y de conformidad con lo ordenado, se expide el presente edicto para general llamamiento de los acreedores del concursado a fin de que en el plazo de un mes desde la publicación acordada en el "BOE" puedan comunicar sus créditos a los efectos de su inclusión en la lista de acreedores y ulterior reconocimiento y clasificación en los términos indicados en el artículo 85 de la Ley Concursal. Así mismo se hace saber que para personarse en debida forma en el procedimiento concursal será necesario abogado y procurador. Valencia, 29 de mayo de 2018.- El Letrado de la Administración de Justicia.

  6. Declaración de concurso10/07/2018
    ⚖️ VALENCIAOrdonnance 29/05/2018

    Don Jorge Víctor Iglesias de Baya, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Valencia, de conformidad con lo previsto en los artículos 21 y 23 de la Ley Concursal, por el presente doy la publicidad ordenada al auto de declaración de concurso dictado en este Juzgado y Hago saber: Que en este Juzgado se tramitan autos de concurso abreviado voluntario n.º 460/18 habiéndose dictado en fecha 29 de mayo de 2018 por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez Jacinto Talens Seguí auto de declaración de concurso de acreedores de Aravolo Cycles S.L. con domicilio en calle Cuba, n.º 44, Valencia, y CIF B98681166. Inscrita en el Registro Mercantil de esta provincia al Tomo 9867, folio 121, Hoja V-162037. Que se ha acordado la suspensión de las funciones de disposición y administración de la concursada, que quedarán sometidas a la autorización o conformidad de la administración concursal designada. Se ha nombrado administrador concursal a D. Gabriel Hinarejos Viadel, con domicilio en la plaza del Ayuntamiento, n.º 22-6, Valencia, y correo electrónico [email protected]. Y de conformidad con lo ordenado, se expide el presente edicto para general llamamiento de los acreedores del concursado a fin de que en el plazo de un mes desde la publicación acordada en el BOE puedan comunicar sus créditos a los efectos de su inclusión en la lista de acreedores y ulterior reconocimiento y clasificación en los términos indicados en el artículo 85 de la Ley Concursal. Así mismo se hace saber que para personarse en debida forma en el procedimiento concursal será necesario abogado y procurador. Valencia, 29 de mayo de 2018.- El Letrado de la Administración de Justicia.

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.