AccueilJusticeARGA SPORT SOLUTIONS SL

Procédure collective

ARGA SPORT SOLUTIONS SL

CIF B31516388Voir la fiche société

Publications
416/09/201314/11/2020
Procédure
374/2013
Tribunal
MERCANTIL - 1 · Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Pamplona/Iruña anuncia 1 · Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Pamplona/Iruña

Chronologie du dossier

  1. Conclusión del concurso14/11/2020
    ⚖️ PAMPLONAOrdonnance 29/10/2020

    Edicto El Juzgado de lo Mercantil de Pamplona/Iruña anuncia: Que en el procedimiento concursal número 0000374/2013 referente al concursado Arga Sport Solutions, S.L., con C.I.F. B31516388, con domicilio en Avenida Pío XII/Pio XII. Aren etorbidea, 3 1.º puerta 2, de Pamplona/Iruña, por auto de fecha 29 de octubre de 2020 se ha acordado la conclusión del concurso, cuya parte dispositiva dice así: Parte dispositiva Decido: 1º.- Acordar la conclusión del concurso de acreedores de la entidad Arga Sport Solutions, S.L., y archivo del presente procedimiento cesando todos los efectos de la declaración del concurso sin perjuicio de su posible reapertura. 2º.- Se acuerda el cese en su cargo el administrador concursal, y se declara aprobadas las cuentas rendidas por la Administración Concursal y conforme a lo establecido en el artículo 479.6 del texto refundido de la Ley Concursal, llévese testimonio de la presente resolución a la Sección Segunda. 3º.- Inscríbase la presente resolución en la hoja abierta a la referida sociedad en el Registro Mercantil de Navarra. A tal fin expídase mandamiento a dicho Registro Público con expresión de la firmeza de esta resolución. 4º.- Acordar la extinción de la referida sociedad y disponer el cierre de su hoja de inscripción en el Registro Mercantil de Navarra, a cuyo efecto expídase mandamiento al Registro Mercantil de Navarra número 1 con expresión de su firmeza, comprensivo de los datos de identificación y parte dispositiva. 5º.- Remítase esta resolución al Boletín Oficial del Estado para que sea publicada a la mayor brevedad en virtud del artículo 482 del texto refundido de la Ley Concursal con carácter gratuito ante la inexistencia de masa activa. Cesan las limitaciones de las facultades de administración y disposición sobre el deudor. Entréguense los despachos al Procurador de la concursada para que cuide de su curso y gestión. Líbrese exhorto al Juzgado Decano de Pamplona, Aoiz y Córdoba a fin de que ponga en conocimiento de todos los Juzgados de Primera Instancia y Social la conclusión del presente concurso a los efectos de los artículos 483 y siguientes del texto refundido de la Ley Concursal. Notifíquese la presente resolución a las partes personadas. Recurso.- Contra el presente auto no cabe recurso alguno (artículo 481.1 del texto refundido de la Ley Concursal). Pamplona, 2 de noviembre de 2020.- Letrada de la Administración de Justicia, Elena María Daniel del Valle.

  2. Conclusión del concurso06/11/2020
    ⚖️ MERCANTIL - 1Proc. 374/2013Juge : SANDRA VAZQUEZ CALATAYUDOrdonnance 02/11/2020

    Que en el procedimiento concursal nº 374/13 referente al concursado Arga Sport Solutions SL se ha acordado la conclusión del concurso de acreedores y archivo del presente procedimiento cesando todos los efectos de la declaración del concurso.

  3. Otro acto concursal05/12/2013
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Pamplona/Iruña anuncia 1Ordonnance 21/11/2013

    El Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Pamplona/Iruña anuncia 1.- Que en el procedimiento concursal número 0000374/2013 referente al deudor Arga Sport Solutions, S.L., con CIF B 31516388, con domicilio en Calle Pedro de Atarrabia, 17, bajo, de Villava/Atarrabia, se ha presentado el informe de la administración concursal, al que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley Concursal (LC), junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores. Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la Secretaría del Juzgado, así como obtener copias, a su costa. 2.- En resolución de esta misma fecha se ha acordado comunicar la presentación de dicho informe en el tablón de anuncios del Juzgado, así como en el BOE. Dentro del plazo de diez días, computado desde el día siguiente a la publicación de este edicto en el BOE, cuyos destinatarios son todos los acreedores no personados en el presente concurso de la entidad concursada, los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este Juzgado de lo Mercantil. 3.- Para hacerlo se necesita valerse de abogado y procurador. Pamplona/Iruña, 21 de noviembre de 2013.- El/La Secretario/a Judicial.

  4. Otro acto concursal16/09/2013
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Pamplona/IruñaOrdonnance 22/07/2013

    El Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Pamplona/Iruña, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), Anuncia: 1.º Que en el concurso ordinario número 0000374/2013, por auto de fecha 22 de julio de 2013 NIG 3120147120130000370 se ha declarado en concurso de materia voluntaria al deudor Arga Sport Solutions, S.L., con CIF n.º B-31516388, y domicilio en calle Pedro de Atarrabia, 17, bajo, de Villava/Atarrabia, y cuyo centro de principales interese lo tiene en Villava (Navarra). 2.º Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal. Que el día de hoy ha aceptado el cargo la administración concursal siguiente: Ezponda & Mesa Administradores Concursales, S.L., con CIF: B-71081889, y representación de persona jurídica "Esponda & Mesa Administradores Concursales S:", con doña Isabel Ezponda Usoz: DNI: 29137651 D. Vecino de: Pamplona/Iruña. Domicilio: Avda. Pio XII/ Pio XII. Aren etorbidea, 3, 1.º Profesión. Economista. Teléfono: 948-253450 y móvil 654-557022. Fax: 948-269947. Correo electrónico: [email protected]. 3.º Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el "Boletín Oficial del Estado". 4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Pamplona/Iruña, 26 de julio de 2013.- El/La Secretario/a Judicial.

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.