Procédure collective
ARGALLU SLL
CIF B33851973Voir la fiche société →
- Publications
- 2 — 01/12/2014 → 15/02/2019
- Procédure
- 69/2014
- Tribunal
- Juzgado de lo Mercantil nº 3 de Gijón
Chronologie du dossier
- Declaración de concurso15/02/2019⚖️ Juzgado de lo Mercantil nº 3 de GijónProc. 69/2014Ordonnance 04/02/2019
Edicto Don Miguel Ángel Álvarez Turanzas, Letrado Judicial de Juzgado de lo Mercantil nº 3 de Gijón, por el presente, Hago saber: Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el nº 69/2014 se ha dictado en el día de la fecha Auto de Conclusión de Concurso Voluntario Abreviado del deudor Argallu, S.L.L. con CIF B-33851973, cuyo domicilio es en c/ Río Eo nº 17 Gijón. Declarar la conclusión del concurso Voluntario Abreviado 69/2014, en el que figuraba como concursada Argallu S.L.L. con CIF B33851973 al comprobarse la inexistencia de bienes y derechos del concursado, ni de terceros responsables con lo que satisfacer a los acreedores concursales y parte de los acreedores contra la masa, de conformidad con el artículo 176 bis 4 de la Ley Concursal. Gijón, 4 de febrero de 2019.- El Letrado de la Administración de Justicia, Miguel Ángel Álvarez Turanzas.
- Declaración de concurso01/12/2014⚖️ GIJÓNOrdonnance 21/04/2014
D. Miguel Ángel Álvarez Turanzas, Secretario Judicial de Juzgado de lo Mercantil número 3 de Gijón, por el presente, hago saber: 1.º Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º 69/14 y (NIG n.º 33024 47 1 2014/66) se ha dictado en fecha veintiuno de abril de dos mil catorce, por el Magistrado-Juez D. Francisco José Pañeda Usunáriz, Auto de Declaración de Concurso Voluntario Abreviado del deudor Argallu, S.L.L. con CIF B33851973, cuyo domicilio social es en c/ Río Eo, n.º 17-Gijón. 2.º Se ha nombrado como administración concursal a D. Ruperto Iglesias García. Teléfono 985225286. Fax 985226486. Dirección electrónica: [email protected] Dirección postal: C/ Uría, n.º 30-3.º Oviedo, 33003. Horario de atención al público de lunes a viernes de 09:30 a 14:00 horas y de 16:30 a 19:00 horas. El cual ha designado al objeto de que los acreedores efectúen la comunicación de créditos previstos y con los requisitos recogidos en el artículo 85 de la Ley Concursal, en el plazo de un mes a contar desde la publicación de este edicto en el BOE, y cualquier otro acto de comunicación con la administración concursal a su elección en: 3.º Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición del deudor por la administración concursal designada, mediante su autorización o conformidad. Gijón, 21 de abril de 2014.- El Secretario Judicial.
Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.