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Procédure collective
ARIDOS CARMONA SA
CIF A18093252Voir la fiche société →
- Publications
- 2 — 05/10/2016 → 20/02/2020
- Procédure
- 1544/2014
- Tribunal
- MERCANTIL - 1 · Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Granada
Chronologie du dossier
- Otro acto concursal20/02/2020⚖️ MERCANTIL - 1Proc. 1544/2014Juge : MARIA JOSE FERNANDEZ ALCALAOrdonnance 02/10/2019
EDICTO: 1- QUE EN EL PROCEDIMIENTO SECCION DE CALIFICACION NUMERO 1544.01/2014,DINAMANTE DEL CONCURSO NECESARIO ARIDOS CARMONAS , SE HA DICTADO SENTENCIA DE FECHA 2 DEL 10 DE 2019. SE ESTIMA PARCIALMENTE ÑA PROPUESTA DE CALIFICACION FORMULADA
- Declaración de concurso05/10/2016⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de GranadaProc. 1544/2014Ordonnance 15/09/2016
Edicto El Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Granada, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia: 1.º Que en el procedimiento número 1544/2014, con NIG 1808742M20140001716 por auto de 13/09/16 se ha declarado en concurso necesario ordinario al deudor Áridos Carmona, S.A.U. con C.I.F. A-18093252, con domicilio en c/ Benjamín Franklin. n.º 7, 2.º planta - Edificio Camt 18100 (Armilla) Granada y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Granada. 2.º Que el deudor ha sido suspendido en el ejercicio de las facultades de administración y disposición de su patrimonio, siendo sustituido por la administración concursal. 3.º Que los acreedores del concursado deberán dirigir a la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el art. 85 de la LC. A estos efectos se informa que la administración concursal designada ha sido Abogados Jea, S.L.P., con domicilio postal c/ Acera del Darro, 62-bajo, 18005 Granada y dirección electrónica: [email protected], siendo la persona natural que la representa D. José María Elola Elizalde de profesión abogado. El plazo para esta comunicación es el de un mes contado desde el día siguiente a la publicación en el Boletín Oficial del Estado del auto de declaración del concurso en la forma extractada prevista en el art. 23.1 LC. 4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). 5.º Que el Registro Público Concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa en el concurso es https//www.publicidadconcursal.es/concursal/jsp/home.jsp. Granada, 15 de septiembre de 2016.- La Letrada de la Administración de Justicia.
Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.