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Procédure collective
ARIS INVEST SA
CIF A60882263Voir la fiche société →
- Publications
- 2 — 06/10/2009 → 02/07/2015
Chronologie du dossier
- Conclusión del concurso02/07/2015⚖️ BARCELONAOrdonnance 11/06/2015
Edicto. Don Rafael Huerta García, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 7 de los de Barcelona y provincia, Hago saber: Que en el Concurso número 784/09 B seguido en este Juzgado a instancia del Procurador don Ivo Ranera Cahis en nombre de Aris-Invest, S.A., con CIF A-60882263, se ha dictado en esta fecha auto acordando la conclusión del concurso, cesando todos los efectos de la declaración del concurso y la Administración concursal en el ejercicio de su cargo, y la aprobación de la rendición de cuentas presentada. Dado en Barcelona, 11 de junio de 2015.- El Secretario Judicial.
- Otro acto concursal06/10/2009⚖️ BARCELONAOrdonnance 23/09/2009
EDICTO Doña Pilar Vives Requena, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 7 de los de Barcelona y provincia. Hago Saber: Que en dicho Juzgado se tramita el Concurso 784/09-B en el que se ha dictado con fecha 23/09/09 auto declarando en estado de concurso Voluntario Abreviado a la empresa Aris-Invest, Sociedad Anónima, con CIF número A-60882263 y domicilio en c/ Carme, 19, 08100-Mollet del Vallés (Barcelona) con sus facultades intervenidas. Plazo para comunicación de créditos: Quince días a partir de la publicación del presente edicto en el BOE. Forma de personación: El derecho de los acreedores a comparecer y personarse en las actuaciones, designando abogado y procurador que les defienda y represente, salvo que pretendan exclusivamente comunicar sus créditos o asistir a Juntas, presentando escrito con tal fin y poder o realizando la designa apud-acta. La comunicación de los créditos y la personación deberá realizarse ante la Unidad de apoyo concursal sita en Gran Vía Corts Catalanes, 111 Edif.C 13.ª planta 08014 Barcelona. Dado en Barcelona, 23 de septiembre de 2009.- La Secretaria Judicial.
Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.