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Procédure collective

ARIZA Y PADRE SL

CIF B96833892Voir la fiche société

Publications
327/06/201112/12/2023
Procédure
212/2011
Tribunal
Mercantil - 3 · Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de Valencia

Chronologie du dossier

  1. Conclusión del concurso12/12/2023
    ⚖️ Mercantil - 3Proc. 212/2011Juge : LAURA ALAMÁN PLÁOrdonnance 13/03/2015

    ACUERDO LA CONCLUSIÓN DEL CONCURSO

  2. Conclusión del concurso15/04/2015
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de ValenciaProc. 212/2011Ordonnance 13/03/2013

    Doña Cristina María Valero Domenech, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de Valencia, por el presente, hago saber: Que en este Juzgado se tramitan autos de Concurso de Acreedores núm. 212/2011, habiéndose dictado en fecha 13 de marzo de 2013 por el Ilmo./a Sr/a. Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Valencia auto firme de conclusión de concurso Voluntario, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor: Se decreta la conclusión del concurso concurso Abreviado tramitado en este Juzgado bajo el número de procedimiento 212/2011, promovido por el Procurador, Señor Alfonso Cuñat, Alejandro Javier, en nombre y representación de las mercantiles Ariza y Padre, S.L., y Proku Inversiones, S.L., y el Archivo de las presentes actuaciones sin más trámite por no existir ni bienes ni derechos del concursado ni de terceros responsables con los que satisfacer a los acreedores. Se acuerda el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor. Se acuerda que el deudor quedará responsable del pago de los créditos restantes. Los acreedores podrán iniciar ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o no se declare nuevo concurso. Se acuerda disponer el cese del administrador concursal D. Santiago Guillen Grech, con D.N.I. número 29.197.753-N, revocando las actuaciones otorgadas en el procedimiento concursal. Se acuerda declarar la Extinción de las mercantiles Ariza y Padre, S.L., y Proku Inversiones, S.L., con CIF B96833892 y B97476469, respectivamente, procediendo en su caso al cierre de la hoja de inscripción en los Registros Públicos que corresponda, a cuyo efecto expídase testimonio y mandamiento por duplicado al Registro Mercantil de Valencia ya que contra la presente resolución no cabe recurso alguno (Art. 177 de la L.C.) y tiene carácter de firme. Se aprueba la cuenta rendida por la administración concursal en sus informes de fecha 27 de enero de 2015 y 9 de febrero de 2015. Notifíquese la presente resolución a la administración concursal, al concursado y a los acreedores personados en forma en el procedimiento, haciéndoles saber que contra la presente resolución no cabe recurso alguno (art. 177.1 LC). Valencia, 13 de marzo de 2015.- La Secretaria Judicial.

  3. Declaración de concurso27/06/2011
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de ValenciaOrdonnance 31/05/2011

    Doña María José Navarro Melchor, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de Valencia, Por el presente, hago saber: Que en este Juzgado se tramitan autos de concurso de acreedores núm. 212/11 habiéndose dictado en fecha 31 de mayo de 2011 por el Ilmo./a. Sr./a. Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Valencia auto de declaración de concurso voluntario de acreedores de "Ariza y Padre, S.L.", "Actuaciones Spenta, S.L.", "Yproku Inversiones, S.L.", con CIF B-96833892, B-97779060 y B97476469, decretándose la intervención de las facultades de la mercantil, habiéndose designado Administrador concursal a don Santiago Guillén Grech, expidiéndose el presente edicto a fin de que en el plazo de un mes desde la publicación en el BOE, puedan comunicar los créditos en los términos del art. 85. Valencia, 31 de mayo de 2011.- .

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.