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Procédure collective
AROMET SOCIEDAD LIMITADA LABORAL
CIF B95337077Voir la fiche société →
- Publications
- 1 — 12/07/2014 → 12/07/2014
- Procédure
- 14/0175
- Tribunal
- Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Bilbao
Chronologie du dossier
- Declaración de concurso12/07/2014⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de BilbaoProc. 14/0175Ordonnance 26/06/2014
Edicto El Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Bilbao, en cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 23 de la Ley Concursal (LC), Anuncia 1.º Que en el procedimiento número 587/14, NIG n.º 48.04.2-14/017555, por auto de 26/06/2014 se ha declarado en concurso voluntario al deudor AROMET S.L.L., con C.I.F. B95337077, con domicilio en el Polígono SONDIKALDE-PORTU BIDEA 4, n.º 4, NAVE 8, PAB. 2 - SONDIKA. La misma resolución ha acordado abrir la fase de liquidación del concurso con arreglo a lo dispuesto en el artículo 191 ter de la Ley Concursal, y ha declarado disuelta a la concursada, cesando en su función a los administradores sociales, que serán sustituidos por la administración concursal. 2.º Que el deudor ha sido suspendido en el ejercicio de las facultades de administración y disposición de su patrimonio, siendo sustituido por la administración concursal. 3.º Que la administración concursal esta integrada por D. Valentín Falagan del Río. Domicilio postal: C/ Ibáñez de Bilbao, n.º 11, 1.º dcha. 48009 Bilbao. Dirección electrónica: [email protected] 4.º Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el art. 85 de la LC. El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial del Estado. 5.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). 6.º Que las resoluciones que traigan causa del concurso se publicarán en la siguiente dirección electrónica del Registro Público Concursal: www.publicidadconcursal.es Infórmese en el extracto de la declaración de concurso que se publica en el BOE, que el resto de resoluciones que deban publicarse conforme a lo previsto en el art. 23 LC y demás preceptos a que aquél se remiten, se publicarán en la Sección 1.ª de Edictos concursales del Registro Público Concursal (art. 23.1 LC y art. 7 RD 892/2013). Bilbao, 26 de junio de 2014.- La Secretario Judicial.
Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.