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Procédure collective

AROS HOTELES ARANJUEZ SL

CIF B86644432Voir la fiche société

Publications
127/10/201727/10/2017
Procédure
854/2017

Chronologie du dossier

  1. Apertura de liquidación27/10/2017
    ⚖️ MADRIDProc. 854/2017Ordonnance 24/10/2017

    El Juzgado Mercantil n.º 9 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 23 de la Ley Concursal, Hace saber: 1. Que en el concurso Concurso Abreviado 854/2017, con Número de Identificación General del procedimiento 28.079.00.2-2017/0148962, por auto de fecha 23/10/17, se ha declarado en concurso voluntario que se tramitará por el procedimiento abreviado, a AROS HOTELES ARANJUEZ, S.L., con n.º de identificación B86644432, y domiciliado en paseo del Príncipe, n.º 71, Aranjuez (Madrid). 2. Que los acreedores del concursado comunicarán sus créditos en la forma prevista en el artículo 85 de la LC, en el plazo de un mes, desde la publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado. 3. Que el deudor queda suspendido en sus facultades de administración y disposición de su patrimonio, sustituido por la Administración concursal. 4. La identidad de la Administración concursal es LETICIA MARTÍN MONTALVO FERNÁNDEZ con domicilio postal en Claudio Coello, n.º 99, 28006 Madrid, y dirección electrónica [email protected], ello para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos de conformidad con el artículo 85 de la LC, en cualquiera de las dos direcciones. 5. Que los acreedores y demás interesados en personarse en el concurso lo deberán realizar por medio de Abogado y Procurador, salvo lo previsto en la legislación laboral respecto a los trabajadores del concursado. 6. Que la dirección electrónica del Registro Público Concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso, es www.publicidadconcursal.es |7. Que se ha procedido a la apertura de la fase de Liquidación del concurso en los términos previstos en el artículo 191 ter de la LC. Madrid, 24 de octubre de 2017.- Letrada de la Administración de Justicia.

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.