Procédure collective
ARRILUR SLL
CIF B20851259Voir la fiche société →
- Publications
- 2 — 05/10/2011 → 21/03/2012
- Procédure
- 763/2011
Chronologie du dossier
- Apertura de liquidación21/03/2012⚖️ SAN SEBASTIÁNProc. 763/2011Ordonnance 05/03/2012
Edicto. El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Donostia-San Sebastián, anuncia: Que en el procedimiento concursal número 763/2011 referente al concursado ARRILUR, S.L.L., con CIF: B20851259, por auto de fecha 05/03/2012 se ha acordado lo siguiente: 1. Abrir la fase de liquidación del concurso a petición del deudor. 2. Acordar la suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio. 3. Se ha declarado disuelta la sociedad ARRILUR, S.L.L., cesando en su función sus administradores sociales, que serán sustituídos por la administración concursal. 4. La misma resolución ha acordado la formación de la sección sexta del concurso para la calificación del mismo. Dentro de los diez días siguientes a la última publicación de este edicto, que está previsto anunciarlo en el tablón de anuncios del Juzgado y en el Boletín Oficial del Estado cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo, podrá personarse y ser parte en dicha sección, alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable. Donostia-San Sebastián, 5 de marzo de 2012.- La Secretaria Judicial.
- Otro acto concursal05/10/2011⚖️ SAN SEBASTIÁNProc. 763/2011Ordonnance 21/09/2011
Edicto. El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Donostia-San Sebastián, en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia: 1.º Que en el procedimiento número 763/2011, por auto de 21 de septiembre de 2011 se ha declarado en concurso voluntario a la deudora "Arrilur, S.L.L.", con NIF B-20851259, domicilia en polígono "Ibaio Ondo n.º 13", 20271 Irura, y cuyo centro de principales intereses lo tiene en localidad. 2.º Que la deudora conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal. 3.º Que los acreedores de la concursada deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. El plazo para esta comunicación es el de un quince días a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el "Boletín Oficial del Estado". 4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Donostia-San Sebastián, 21 de septiembre de 2011.- La Secretaria Judicial.
Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.