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Procédure collective

ARTAG92 SOCIEDAD LIMITADA

CIF B60170040Voir la fiche société

Publications
230/11/201326/10/2016
Procédure
757/2013
Tribunal
Juzgado de lo Mercantil nº 08 de Barcelona

Chronologie du dossier

  1. Otro acto concursal26/10/2016
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil nº 08 de BarcelonaProc. 757/2013Ordonnance 30/09/2016

    Jesús Santiago Ortego Briongos, el Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil nº 08 de Barcelona, hago saber que: En el concurso abreviado 757/2013 se dictó un auto por el que se ha declarado concluso el concurso de ARTAG92, S.L., con CIF B-60170040, con domicilio en calle Mas de l'Esquerrer, 17 B de Salou. La misma resolución, que es firme, ha acordado la extinción de la sociedad y el cese de las limitaciones a las facultades de administración y disposición de la parte concursada. Barcelona, 30 de septiembre de 2016.- Letrado de la Administración de Justicia.

  2. Declaración de concurso30/11/2013
    ⚖️ BARCELONAProc. 757/2013Ordonnance 15/11/2013

    Edicto de declaración de concurso Don Jesús Santiago Ortego Briongos, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 8 de los de Barcelona, dicto el presente Edicto al objeto de dar publicidad al Auto de declaración de concurso dictado por el presente Juzgado: Número de asunto.- Concurso 757/2013, Sección D. NIG.- 08019 - 47 - 1- 2013 - 8003191. Fecha del Auto de declaración.- 8 de noviembre del 2013. Clase de Concurso: Voluntario, abreviado. Entidad concursada.- Artag92, Sociedad Limitada, con domicilio social en Salou (Tarragona), calle Mas de l'Esquerrer, número 17 bis, y centro principal de intereses en Argentona (Barcelona), calle Montserrat Roig, número 36, con CIF número B60170040. Administradores concursales.- Additio Group, Sociedad Limitada Profesional, que ha designado como persona física para el ejercicio de dicho cargo a don Jordi Savall López, como Economista. Dirección postal.- Rambla Catalunya, número 57, tercera planta, de Barcelona. Dirección electró[email protected]. Régimen de las facultades del concursado: Intervenidas. Llamamiento a los acreedores.- Los acreedores de la mercantil declarada en concurso deberán poner en conocimiento de la administración concursal, a través, de la dirección postal o electrónica antes señaladas y en la forma establecida en el artículo 85 de la Ley Concursal, la existencia de sus créditos en el plazo de un mes a contar desde la publicación en el Boletín Oficial del Estado. Forma de personación.- Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador. La personación de deberá realizar ante la Unidad de Apoyo Concursal de los Juzgados Mercantiles. Barcelona, 15 de noviembre de 2013.- Cargo Secretario Judicial.

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.