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Procédure collective

ARTECAR-UTEBO SL

CIF B50970151Voir la fiche société

Publications
323/11/201306/11/2014
Procédure
347/2013

Chronologie du dossier

  1. Conclusión del concurso06/11/2014
    ⚖️ ZARAGOZAProc. 347/2013Ordonnance 23/10/2014

    Edicto Doña María Jesús López Marín, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Zaragoza, anuncia: Primero.- Que en el procedimiento concursal número 347/2013-B se ha dictado el día 23 de octubre de 2014 Auto de conclusión por insuficiencia de masa activa del concurso del deudor Artecar Utebo, S.L., con CIF B50970151. Segundo.- En dicho Auto, se ha acordado la conclusión del concurso y el archivo de las actuaciones, el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor hasta ahora subsistentes y se ha acordado el cierre de la hoja de inscripción en el Registro Mercantil. Tercero.- En dicho Auto se ha acordado la publicación en Boletín Oficial del Estado y en el tablón de anuncios de este Juzgado. Contra el referido Auto no cabe recurso alguno. Zaragoza, 23 de octubre de 2014.- La Secretaria Judicial.

  2. Declaración de concurso24/02/2014
    ⚖️ ZARAGOZAProc. 347/2013Ordonnance 11/02/2014

    Edicto. Doña M.ª Jesús López Marín, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Zaragoza, anuncia: 1.- Que en la Sección I Declaración de concurso 347/2013-B, referente al deudor Artecar Utebo, S.L. con CIF B-50970151 se ha presentado el informe de la administración concursal, al que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley Concursal, junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores. Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la oficina judicial, así como obtener copias, a su costa. 2.- Dentro del plazo de diez días computado desde la última de las publicaciones de este edicto que se publicará en el BOE y en el tablón de anuncios de este órgano judicial, los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este órgano judicial. 3.- Para hacerlo se necesita valerse de abogado y procurador (artículo 184.3 de la LC). 4.- La Administración concursal es: Asesoría Fiscal Suárez García Basarte. Paseo Pamplona, n.º 9, 1.º B, teléfono 976.23.14.85 Zaragoza. Correo electrónico: [email protected] Zaragoza, 11 de febrero de 2014.- La Secretaria Judicial.

  3. Declaración de concurso23/11/2013
    ⚖️ ZARAGOZAProc. 347/2013Ordonnance 01/10/2013

    Edicto Doña María Jesús López Marín, Secretaria judicial del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Zaragoza, por el presente, hago saber: 1.º Que en los Autos seguidos en este órgano judicial con el número sección I declaración concurso 347/2013-B y NIG 50297 47 1 2013 0000774 se ha dictado en fecha 1 de octubre de 2013 auto de declaración de concurso voluntario y abreviado del deudor Artecar Utebo, S.L., con CIF B50970151, cuyo centro de intereses principales lo tiene en Avenida de Buenos Aires, número 28, portal 5, 1.º B, de Zaragoza. 2.º Se ha acordado la suspensión de las facultades de administración y disposición que ejercerá la Administración Concursal. Se ha designado, como Administración concursal a Asesoría Fiscal Suárez García Basarte, S.L.P., con domicilio postal en Paseo Pamplona, número 9, 1.º B, de Zaragoza, teléfono 976.23.14.85 y dirección electrónica señalada: [email protected], para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos. 3.º Se ha solicitado la liquidación de la sociedad Artecar Utebo, S.L., declarándose disuelta, cesando en su función sus administradores, que serán sustituidos por la administración concursal. 4.º Se ha acordado en vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de aquellos que consistan en otras prestaciones. 5.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la administración concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de éste edicto en el Boletín Oficial del Estado. 6.º No se admitirá en el Juzgado comunicación de crédito alguno. Zaragoza, 9 de octubre de 2013.- La Secretaria Judicial.

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.