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Procédure collective

ARTURO HOTELES SA

CIF A84616739Voir la fiche société

Publications
418/11/201420/09/2022
Procédure
713/2014
Tribunal
JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE MADRID · Juzgado de lo Mercantil núm. 1 de Madrid

Chronologie du dossier

  1. Otro acto concursal20/09/2022
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE MADRID Proc. 713/2014Juge : MIGUEL ANGEL CHAMORRO GONZALEZOrdonnance 01/09/2022

    PUBLICIDAD ART 294.1 LC DEL INFORME Y DEMAS DOCUMENTACION DEL AC En el mismo plazo pueda presentar alegaciones al plan de lilquidación presentado

  2. Conclusión del concurso20/09/2022
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE MADRID Proc. 713/2014Ordonnance 01/09/2022

    Auto de conclusión de concurso

  3. Otro acto concursal23/07/2021
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE MADRID Proc. 713/2014Juge : MARTA ARAGÓN ARRIOLAOrdonnance 01/09/2022

    APERTURA FASE CONVENIO Y SEÑALAMIENTO JUNTA DE ACREEDORES

  4. Otro acto concursal18/11/2014
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil núm. 1 de MadridOrdonnance 31/10/2014

    Edicto Doña Cristina Pousa Blaco, Secretaria del Juzgado de lo Mercantil núm. 1 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 23 de la Ley Concursal (LC), Anuncia: 1.º Que en el Concurso Voluntario número 713/14, por auto de 31 de octubre de 2014, se ha declarado en concurso de acreedores a la mercantil ARTURO HOTELES, S.A., con CIF: A-84616739, cuyo centro principales de intereses lo tiene en Madrid. 2.º Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la Administración concursal. 3.º Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. La comunicación de créditos se realizará exclusivamente en el domicilio designado por el Administrador Concursal la Sociedad DATA CONCURSAL, S.L.P., CIF: B-65793879, con domicilio en la calle Génova, nº 15, 1º dcha., de Madrid, CP: 28004 de Madrid, o comuníquese por correo electrónico: [email protected] No producirá efectos la comunicación de créditos realizada directamente al Juzgado. 4.º El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar desde la publicación del anuncio que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado, de forma gratuita. 5.º Que los acreedores e interesados que deseen personarse en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Madrid, 5 de noviembre de 2014.- El Secretario Judicial.

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.