Procédure collective
ASENJO SL
CIF B08668709Voir la fiche société →
- Publications
- 2 — 24/10/2012 → 16/07/2018
- Procédure
- 641/2012
- Tribunal
- Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Barcelona · Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de los de Barcelona
Chronologie du dossier
- Otro acto concursal16/07/2018⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de BarcelonaProc. 641/2012Ordonnance 05/06/2018
Doña Margarita Marquina Castells, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Barcelona, Hago saber: Que en el concurso ordinario 641/2012 R se dictó un Auto por el que se ha declarado concluso el concurso de ASENJO, S.L., con NIF B08668709, con domicilio en Avenida Barcelona, 29, 08750- Molins de Rei. La misma resolución, que es firme por no poder interponerse recurso alguno (art. 177.1 LC), ha acordado el cese de las limitaciones a las facultades de administración y disposición de la parte concursada subsistentes en ese momento, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación. Barcelona, 5 de junio de 2018.- La Letrada de la Administración de Justicia.
- Otro acto concursal24/10/2012⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de los de BarcelonaProc. 641/2012Ordonnance 03/10/2012
Edicto Don José María Valls Soriano, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de los de Barcelona y provincia, Hago saber: Que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 641/2012 en el que se ha dictado con fecha 3/10/12 auto declarando en estado de concurso a la entidad Asenjo, S.L., con CIF B08668709 y mandando darle publicidad con los siguientes datos: NIG del procedimiento: 08019 - 47 -1 - 2012 - 8002794. Tipo de concurso: Voluntario. Se ordena la intervención por la administración concursal de las facultades de administsración y disposición de la entidad en concurso. Concursada: Asenjo, S.L., con domicilio en avenida Barcelona, 29, 08750 Molins de Rei (Barcelona). Administrador concursal: Don Jorge Zambrana Ledesma, con domicilio en vía Augusta, 195, 4-2, Barcelona, con correo eléctrónico [email protected], teléfono 902 193 217 y fax 902195 296. Forma de personación: Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador. Llamamiento a los acreedores y comunicación de créditos conforme al art. 85 de la Ley concursal: Los acreedores de la concursada deberán poner en conocimiento de la administración concursal en el domicilio designado al efecto o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito. El plazo será de un mes a contar desde la última de las publicaciones. Examen de los autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Secretaría Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de abogado o procurador que autoricen al efecto sin necesidad de personarse. Barcelona, 3 de octubre de 2012.- El Secretario Judicial, Fdo.: José María Valls Soriano.
Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.