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Procédure collective
ASESA SISTEMAS SA
CIF A58282641Voir la fiche société →
- Publications
- 1 — 18/10/2012 → 18/10/2012
- Procédure
- 09/2012
Chronologie du dossier
- Declaración de concurso18/10/2012⚖️ BARCELONAProc. 09/2012Ordonnance 25/09/2012
María José Hompanera González, Secretaria Judicial del Juzgado Mercantil n.º 10 de Barcelona, dictó el presente edicto: Juzgado: Mercantil núm. 10 de Barcelona, Gran Vía de les Corts Catalanes, n.º 111, edificio C, planta 13, de Barcelona. Numero de Asunto: Concurso voluntario núm. 542/12-C y 545/12-C Tipo de Concurso: Concurso Voluntario Ordinario Entidad instante del Concurso y NIF: Asesa Sistemas, S.A., CIF A58282641 y Asesa Montajes S.L., CIF B63239073 Fecha del auto de declaración conjunta: 18/09/2012 Administrador Concursal: Bufete Marroquín Abogados y Economistas en la persona de Ignacio Marroquín Sagales, con domicilio C/Bori i Fontestà 6, 5.º, 08021 Barcelona (Barcelona) y teléfono n.º 932013511 y dirección electrónica [email protected] Facultades de los concursados: Intervenidas Llamamiento de los acreedores: Los acreedores de la mercantil declarada en concurso deberán poner en conocimiento de la Administración Concursal, a través de la dirección postal o electrónica antes señaladas, la existencia de sus créditos en el plazo de UN MES a contar desde la publicación del presente en el Boletín Oficial del Estado. La comunicación se formulará por escrito firmado por el acreedor, interesado o representante, expresando nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, concepto y cuantía, fecha de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretende. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la Administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes, produciendo plenos efectos las que se remitan al domicilio o a la dirección indicada. En Barcelona, 25 de septiembre de 2012.- La Secretaria Judicial.
Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.