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Procédure collective
ATALAYA SERVISUR SL
CIF B11775483Voir la fiche société →
- Publications
- 3 — 19/11/2013 → 16/06/2022
- Procédure
- 646/2013 · 64606/2013
- Tribunal
- JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE CÁDIZ · MERCANTIL - 1
Chronologie du dossier
- Otro acto concursal16/06/2022⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE CÁDIZ Proc. 646/2013Ordonnance 25/05/2021
Sentencia de Calificación
- Otro acto concursal12/05/2022⚖️ MERCANTIL - 1Proc. 64606/2013Juge : ANA MARIN HERREROOrdonnance 25/05/2021
SENTENCIA DE CALIFICACION
- Otro acto concursal19/11/2013⚖️ CÁDIZProc. 646/2013Ordonnance 24/07/2013
Edicto Doña Covadonga Herrero Udaondo, Secretaria del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Cádiz, en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 23 de la Ley Concursal, anuncia: 1.º Que en el procedimiento número 646/2013, con NIG 1101242M20130000539, por auto de 24 de julio de 2013, se ha declarado en concurso voluntario al deudor Atalaya Servisur, S.L., con C.I.F. n.º B-11775483 y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Ctra. de Jerez, km 2,5 de Sanlúcar de Barrameda. 2.º Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal. 3.º Que los acreedores del concursado deberán dirigir a la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el art. 85 de la LC. A estos efectos se informa que la administración concursal designada ha sido Nuevos Proyectos de Financiación y Consultoría, S.C.P., y en su representación don José María Domínguez de la Maza, con domicilio postal c/ Don Juan Díaz, n.º 2-3- Planta Esq. c/ Marqués de Larios. C.P. 29015 y dirección electrónica [email protected] El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado. 4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Cádiz, 6 de noviembre de 2013.- La Secretaria Judicial.
Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.