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Procédure collective

AUTO RECAMBIOS ROTISAN SL

CIF B92983857Voir la fiche société

Publications
421/10/201921/02/2024
Procédure
1106/2019
Tribunal
Mercantil - 1 · Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Málaga · JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE MÁLAGA

Chronologie du dossier

  1. Otro acto concursal21/02/2024
    ⚖️ Mercantil - 1Proc. 1106/2019Juge : DAVINIA DE LOS ANGELES JIMENEZ CHAMIZOOrdonnance 19/02/2024

    Se acuerda poner de manifiesto informe de conclusión por insuficiencia de masa como la rendición de cuentas, a todas las partes personadas por DIEZ DÍAS, pudiendo cualquier interesado formular oposición a la conclusión.

  2. Otro acto concursal15/01/2020
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de MálagaOrdonnance 19/12/2019

    Edicto. El Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Málaga en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, anuncia: 1.º Que en el procedimiento número 1106/19, por auto de fecha 19 de diciembre de 2019 se ha declarado en concurso voluntario al deudor AUTORECAMBIOS ROTISAN S.L con CIF B92983857, domicilio en c/ Cedrón, n.º 20, 29003 Málaga y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Málaga. 2.º Que el deudor se le suspende de las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal. 3.º Que la administración concursal la integra don Alejandro Luis Peralta Dumont, provisto de DNI 26260705H; Español, mayor de edad, con vecindad civil común, Domicilio Avda. Torres Murciano, 18, 6.º, 26, 29603 Marbella (Málaga), Tfno.: 606898435, Fax. - 951387849, Profesión: Abogado, y con dirección de correo electrónico que designa a los efectos de comunicación de créditos [email protected] 4.º Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. La comunicación se formulará por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y se dirigirá a la administración concursal. La comunicación podrá presentarse en el domicilio designado al efecto el cual deberá estar en la localidad en la que tenga su sede el juzgado, o remitirse a dicho domicilio, sin que quepa su presentación directa ante el Juzgado. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. El plazo para esta comunicación es el de un mes a computar de fecha a fecha y entendiendo como día final si fuera inhábil o no existiera día equivalente, el siguiente hábil al mismo a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado. 5.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Se hace saber a los interesados que de conformidad a los artículos 184 y 185 de la LC deberán personarse en la sección primera. 6.º Que se designa la página web https://www.publicidadconcursal.es/ a los efectos de publicidad registral en el Registro Público Concursal. Málaga, 9 de enero de 2020.- El Letrado de la Administración de Justicia, José María Casasola Díaz.

  3. Otro acto concursal21/10/2019
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE MÁLAGA Proc. 1106/2019Juge : PEDRO JOSE MALAGON RUIZOrdonnance 19/12/2019

    SE ABRE LA FASE DE LIQUIDACIÓN A INSTANCIA DEL DEUDOR ART 142.1 LC

  4. Otro acto concursal21/10/2019
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE MÁLAGA Proc. 1106/2019Juge : CARLOS MARTÍNEZ DE MARIGORTA MENÉNDEZOrdonnance 26/12/2019

    DECLARACIÓN DE CONCURSO NECESARIO

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.