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Procédure collective

AUXBIL 2000 SOCIEDAD LIMITADA

CIF B48937395Voir la fiche société

Publications
303/06/201301/04/2015
Procédure
338/2013

Chronologie du dossier

  1. Declaración de concurso01/04/2015
    ⚖️ BILBAOOrdonnance 18/03/2015

    El Juzgado de lo Mercantil número 2 de Bilbao (Bizkaia), en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia: 1.º Que en el procedimiento número 338/13, por auto de 18 de marzo de 2015, se ha declarado la conclusión del concurso voluntario del deudor Auxbil 2000, S.L., con CIF B-48937395, cuya parte dispositiva dice literalmente lo siguiente: Parte dispositiva: 1. Se declara concluso el procedimiento concursal número 338/13, referente al deudor Auxbil 2000, S.L., con CIF B-48937395 por insuficiencia de la masa activa para el pago de los créditos contra la masa y se acuerda el archivo de las actuaciones. 2. Se acuerda el cese de las limitaciones de administración y disposición del deudor que estuvieran subsistentes. 3. Se declara que el deudor Auxbil 2000, S.L. queda responsable del pago a sus acreedores de la parte de sus créditos no satisfecha. Los acreedores podrán iniciar ejecuciones singulares en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o se declare nuevo concurso. Para tales ejecuciones la inclusión de su crédito en la lista definitiva de acreedores se equipara a una sentencia de condena firme. 4. Se acuerda la extinción de la persona jurídica deudora, procediendo al cierre de su hoja de inscripción en el Registro Mercantil a cuyo efecto se expedirá mandamiento al citado Registro. 5. Líbrense mandamientos de cancelación de la inscripción de declaración de concurso a los Registros en los que se inscribió dicha declaración. 6. Anúnciese la resolución en el Boletín Oficial del Estado y en el Registro Público Concursal. La publicación tendrá carácter gratuito por insuficiencia de bienes y derechos de la masa activa. 7. Si dentro del plazo de cinco años aparecieren nuevos bienes o derechos del deudor, se procederá conforme a lo dispuesto en el artículo 179 y siguientes de la LC. 8. Comuníquese la conclusión del concurso a los órganos judiciales administrativos a los que se ordenó la suspensión de los procedimientos de ejecución contra el patrimonio del deudor, a fin de que procedan, en su caso, a su archivo definitivo. 9. Se declaran aprobadas las cuentas presentadas por la Administración concursal. Contra este auto no cabe recurso alguno (artículo 177.1 de la LC). Lo acuerda y firma S.S.ª. Doy fe. Bilbao, 18 de marzo de 2015.- El Secretario judicial.

  2. Convenio de acreedores28/09/2013
    ⚖️ BILBAOProc. 338/2013Ordonnance 16/09/2013

    El Juzgado de lo Mercantil número 2 de Bilbao (Bizkaia) anuncia: 1.- Que en el procedimiento concursal número 338/2013 referente al deudor Auxbil 2000, S.L., con Nif B-48937395, se ha presentado el informe de la administración concursal, al que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley Concursal (LC), junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores. Así mismo, se ha presentado plan de liquidación. Dichos documentos pueden ser examinados por las personas interesadas en la Oficina judicial, quienes podrán obtener copias a su costa. 2.- Dentro del plazo de diez días, computado desde la última de las publicaciones de este edicto que se anunciará en el tablón de anuncios de este Juzgado y en el Boletín Oficial del Estado, los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este Juzgado de lo Mercantil. En el mismo plazo podrán formular observaciones al plan de liquidación. 3.- Para hacerlo se necesita valerse de abogado y procurador. 4.- El deudor no ha presentado propuesta de convenio. Bilbao (Bizkaia), 16 de septiembre de 2013.- El Secretario Judicial.

  3. Otro acto concursal03/06/2013
    ⚖️ BILBAOProc. 338/2013Ordonnance 20/05/2013

    El Juzgado de lo Mercantil número 2 de Bilbao (Bizkaia), en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia: 1º.- Que en el procedimiento número 338/2013, Nig número 48.04.2-13/009759, por auto de seis de mayo de 2013 se ha declarado en concurso voluntario al deudor Auxbil 2000, S.L., con Nif B-48937395, con domicilio en calle Aureliano Valle, número 6, Bj Dch., Bilbao y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Bilbao. 2º.- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal. 3º.- Que la administración concursal está integrada por: Don Martín Lecanda Araquistaín. Dirección profesional: Alameda Mazarredo, 15, 2.º B. Bilbao. DNI: B-48937395. Profesión: Abogado. Teléfono: 94.423.10.76. Fax: 94.424.05.97. Estado civil: Casado. Régimen: Separación de bienes. Dirección de correo electrónico: [email protected] 4º.- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. El plazo para ésta comunicación es el de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación de éste anuncio en el Boletín Oficial del Estado. 5º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Bilbao, 20 de mayo de 2013.- El Secretario Judicial.

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.