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Procédure collective
AUXILIAR SERVICIOS BANCARIOS SL
CIF B08753014Voir la fiche société →
- Publications
- 1 — 03/09/2012 → 03/09/2012
- Procédure
- 398/2012
Chronologie du dossier
- Declaración de concurso03/09/2012⚖️ BARCELONAProc. 398/2012Ordonnance 12/07/2012
Edicto dando publicidad a la declaración de concurso Doña Julia Zapatero García, Secretaria Judicial del Juzgado Mercantil número 10 de Barcelona, dicto el presente edicto: Juzgado: Mercantil número 10 de Barcelona, Gran Vía de les Corts Catalanes, n.° 111 edificio C planta 13 de Barcelona. Número de asunto: Concurso voluntario núm. 398/2012- RB. Tipo de concurso: Concurso voluntario abreviado. Entidad instante del concurso y NIF: Auxiliar de Servicios Bancarios, S.L.; CIF B08753014, con domicilio en Rbla. Catalunya, 986 Barcelona. Fecha del auto de declaración: 12 de julio de 2012 Administradores concursales: Doña Francisca López Ríos, con domicilio en Via Augusta, n.° 17, 2.° 2 de Barcelona y teléfono n.° 932101590 y en calidad de Abogada y dirección electrónica: [email protected] Facultades del concursado: Intervenidas. Llamamiento a los acreedores: Los acreedores de la mercantil declarada en concurso deberán poner en conocimiento de la Administración Concursal, a través de la dirección postal o electrónica antes señaladas, la existencia de sus créditos en el plazo de un mes a contar desde la publicación del presente en el Boletín Oficial del Estado. La comunicación se formulará por escrito firmado por el acreedor, interesado o representante, expresando nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, concepto y cuantía, fecha de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretende. También se señalará un domicilio o un dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes, produciendo plenos efectos las que se remitan al domicilio o a la dirección indicadas. Barcelona, 18 de julio de 2012.- La Secretaria Judicial.
Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.