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Procédure collective

AVICALIA SERVICIOS AVICOLAS SL

CIF B83928390Voir la fiche société

Publications
229/01/201413/06/2023
Procédure
876/2013
Tribunal
Mercantil - 1

Chronologie du dossier

  1. Conclusión del concurso13/06/2023
    ⚖️ Mercantil - 1Proc. 876/2013Juge : CRESCENCIA DEL POZO PRIETOOrdonnance 09/11/2022

    AUTO DECLARA EL PROCEDIMIENTO CONCURSAL DE AVICALIA SERVICIOS AVICOLAS, S.L.,

  2. Declaración de concurso29/01/2014
    ⚖️ TARRAGONAProc. 876/2013Ordonnance 21/01/2014

    Edicto El Secretario judicial del Juzgado Mercantil 1 de Tarragona, por el presente, hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado con el n.º 876/2013-5 se ha dictado en fecha 14/01/14 Auto de declaración de concurso voluntario abreviado de AVICALIA SERVICIOS AVICOLAS, S.L., con CIF B83928390 y domicilio social en C/ San Ramón, 31, de Roquetes (Tarragona), representada por el Procurador Custodio Aguilera Aguilera y en el que se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición que seguirá conservando la concursada, quedando sometido el ejercicio de éstas a la actuación de los Administradores concursales, e igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen al Administrador concursal don Sergi Pujol Rueda con email: [email protected] la existencia de sus créditos. Dicha comunicación deberá presentarse ante ese Administrador en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación en el BOE del auto de declaración de concurso, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativo al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que pretenda, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito. Y en cumplimiento de lo acordado libro el presente en Tarragona, 21 de enero de 2014.- Secretario judicial.

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.