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Procédure collective

AVIGLIANESE SL

CIF B38572053Voir la fiche société

Publications
726/12/201312/04/2024
Procédure
452/2013
Tribunal
JUZGADO DE LO MERCANTIL DE SANTA CURZ DE TENERIFE 1 · Mercantil - 1

Chronologie du dossier

  1. Otro acto concursal12/04/2024
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL DE SANTA CURZ DE TENERIFE 1Proc. 452/2013Juge : CARLOS GIRON LOZANOOrdonnance 20/11/2023

    SE DECLARA EN CONCURSO CONSECUTIVO A DONA ANGELICA BENITA ROLO Y DON MIGUEL ANGEL BAPTTISSTA PESTANA POR EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIE E INSTRUCCION NUMERO 1 DE ICOD DE LOS VINOS

  2. Otro acto concursal12/04/2024
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL DE SANTA CURZ DE TENERIFE 1Proc. 452/2013Juge : Cristina Mora LópezOrdonnance 20/11/2023

    Informe de administración con relación de masa activa y pasiva

  3. Conclusión del concurso12/04/2024
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL DE SANTA CURZ DE TENERIFE 1Proc. 452/2013Ordonnance 20/11/2023

    Auto de conclusión de concurso

  4. Conclusión del concurso24/11/2023
    ⚖️ Mercantil - 1Proc. 452/2013Juge : GUZMÁN ELISEO SAVIRÓN DÍEZOrdonnance 21/11/2023

    ¿EDICTO D./Dña. CARLOS MANUEL PEGUERO COSTALES, Letrado/a de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil Nº 1, de Santa Cruz de Tenerife, por el presente HACE SABER que en el procedimiento concursal número 0000452/2013, se ha dictado...

  5. Otro acto concursal27/09/2023
    ⚖️ Mercantil - 1Proc. 452/2013Juge : GUZMÁN ELISEO SAVIRÓN DÍEZOrdonnance 26/09/2023

    E D I C T O CEDULA DE NOTIFICACION DON CARLOS MANUEL PEGUERO COSTALES, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado Mercantil número UNO de los de Santa Cruz de Tenerife. HAGO SABER: Que en el procedimiento concursal 452/2013...

  6. Otro acto concursal03/07/2014
    ⚖️ SANTA CRUZ DE TENERIFEProc. 452/2013Ordonnance 19/06/2014

    Edicto Cédula de notificación Don Cristo Jonay Pérez Riverol, Secretario del Juzgado Mercantil número uno de los de Santa Cruz de Tenerife, Hago saber: Que en el procedimiento concursal voluntario abreviado n.º 452/2013, de la entidad Aviglianese, S.L. con CIF n.º B-38572053 se ha dictado diligencia de ordenación de fecha 19 de junio de 2014, cuyos puntos principales es del tenor literal siguiente: "Por recibido el anterior escrito del Juzgado Decano de este Partido Judicial, presentado por el Administrador concursal, don Mario Zurita Arnay (registro 3183/14 y r.m. 3147/14), quede unido a la presente sección. Visto que se ratifica en el anteriormente presentado de 13/1/2014 (registro 272/14 r.m. 322/14), y adjunta lista actualizada de acreedores, téngase por presentado el informe previsto en el artículo 74 de la Ley Concursal, y de conformidad con lo establecido en el artículo 95.2 del referido texto legal, procédase a su anuncio por medio de edictos, que se publicarán en el Boletín Oficial del Estado (publicación gratuita, de conformidad con la nueva redacción recogida en el Real Decreto Ley 3/2009 del 27 de marzo), y en el tablón de anuncios de este Juzgado, haciéndole entrega a la Procuradora solicitante del concurso del oficio y edicto librado, conforme establece el artículo 23 del mencionado texto legal. Póngase en conocimiento, al mismo tiempo, a los interesados no personados, que queda de manifiesto en esta Secretaría, pudiendo consultar dicho informe y disponiendo del plazo de diez días para impugnar el inventario y la lista de acreedores, ello, conforme a los términos establecidos en los artículos 95.2, 96 y 97 de la Ley Concursal, ello, respetándose los distintos plazos establecidos en el art. 12, puntos cuatro, cinco y seis, de la nueva redacción recogida en el Real Decreto Ley 3/2009 del 27 de marzo, en relación con la Disposición Transitoria Octava, punto 2.º." Y para que sirva de notificación y emplazamiento a todos los interesados acreedores, mediante su fijación en el tablón de anuncios de este Juzgado y su publicación gratuita en el Boletín Oficial del Estado (de conformidad con la redacción recogida en el Real Decreto Ley 3/2009, del 27 de marzo), extiendo y firmo la presente. Santa Cruz de Tenerife, 19 de junio de 2014.- Secretario judicial.

  7. Otro acto concursal26/12/2013
    ⚖️ SANTA CRUZ DE TENERIFEProc. 452/2013Ordonnance 27/11/2013

    Edicto Cédula de notificación D. Cristo Jonay Pérez Riverol, Secretario del Juzgado Mercantil número uno de los de Santa Cruz de Tenerife, Hago saber: Que en el procedimiento concursal voluntario abreviado n.º 452/2013, de la entidad Aviglianese, S.L., con CIF n.º B-38572053, se ha dictado Auto de fecha 27 de noviembre de 2013, por Doña M.ª Raquel Alejano Gómez, Magistrada-Juez cuyos puntos principales de su parte dispositiva, es del tenor literal siguiente: " Se declara en concurso, que tiene carácter de voluntario, al deudor Aviglianese, S.L. con CIF n.º B-38572053, y domicilio social en c/ Luis de la Cruz, n.º 10, Santa Cruz de Tenerife. Se aplicarán en la tramitación del procedimiento las normas del capítulo ll del título vlll de la LC, sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado 4 del artículo 190, con aplicación supletoria de las normas del procedimiento ordinario (art. 191 LC). El deudor Aviglianese, S.L., conservará las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, quedando sometido el ejercicio de éstas a la intervención de los administradores concursales, mediante su autorización o conformidad. Se nombra administrador del concurso, con las facultades expresadas en el pronunciamiento anterior a D. Mario Zurita Arnay, abogado, que reúne los requisitos del artículo 27 de la LC. Llámense a los acreedores del deudor para que comuniquen en la forma establecida en el artículo 85 de la LC a la administración concursal la existencia de sus créditos. Deberán formular la comunicación en el plazo de un mes contado desde la última publicación de los anuncios de la declaración del concurso, que se publicarán en el Boletín Oficial del Estado, el tablón de anuncios del Juzgado y el Registro Público Concursal. La comunicación se formulará por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y se dirigirá a la administración concursal. La comunicación podrá presentarse en el domicilio designado al efecto el cual deberá estar en la localidad en la que tenga su sede el juzgado, o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La administración concursal realizará sin demora una comunicación individualizada a cada uno de los acreedores cuya identidad y domicilio consten en el concurso, informándoles de la declaración de éste y del deber de comunicar sus créditos en la forma establecida en el artículo 85, con expresión de que la comunicación de los créditos sea puesta en directo conocimiento de esa administración, con remisión directa a su despacho de la titulación crediticia. La comunicación se efectuará por medios telemáticos, informáticos o electrónicos cuando conste la dirección electrónica del acreedor. Los legitimados conforme a la LC para personarse en el procedimiento deben hacerlo por medio de procurador y asistidos de letrado." Y para que sirva de notificación y emplazamiento a todos los interesados-acreedores, mediante su fijación en el tablón de anuncios de este Juzgado y su publicación gratuita en el Boletín Oficial del Estado (de conformidad con la redacción recogida en el Real Decreto Ley 3/2009 del 27 de marzo) se pone en conocimiento, a todos sus efectos, que el administrador concursal de este procedimiento, arriba indicado, la persona del letrado colegiado el letrado colegiado n.º 1143 Don Mario Zurita Arnay, calle Dr. Alfonso Soriano, 1, Edif. San Diego. 38006, Santa Cruz de Tenerife. Teléfono 922292577, fax 922292183, correo electrónico "[email protected]" extiendo y firmo la presente. Santa Cruz de Tenerife, 10 de diciembre de 2013.- El Secretario judicial.

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.