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Procédure collective
BAGSONALITE SOCIEDAD LIMITADA
CIF B52516150Voir la fiche société →
- Publications
- 8 — 14/10/2019 → 25/03/2021
- Procédure
- 0000394/2019 · 394/2019
- Tribunal
- JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 3 DE OVIEDO · MERCANTIL - 3 · Juzgado de lo Mercantil nº 3 de Oviedo
- Administrateur judiciaire
- Don Hugo Piquero Álvarez
Chronologie du dossier
- Otro acto concursal25/03/2021⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 3 DE OVIEDO Proc. 0000394/2019Juge : MARIA JOSE PEIRO ASPURZOrdonnance 19/02/2021
Auto declaración de concurso acordando suspensión de funciones de disposición y administración del concursado , con nombramiento de administrador concursal en la persona de Antonio Vidal Lopez Martinez
- Conclusión del concurso25/03/2021⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 3 DE OVIEDO Proc. 0000394/2019Juge : Juan García MollaOrdonnance 19/02/2021
Declaración de concurso voluntario abreviado de acreedores de César Miró Escartí.
- Declaración de concurso23/03/2021⚖️ GIJÓNProc. 394/2019Ordonnance 19/02/2021
Edicto Doña María José Alonso González, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Gijón, por el presente, anuncio: Que en el concurso voluntario abreviado Numero 394/2019, seguido en este órgano judicial a instancia de la Procuradora Doña Patricia María Beberide García, en nombre y representación de la concursada Bagsonalite, S.L., con CIF: B-52516150, por auto de fecha 19 de febrero de 2021, se ha acordado lo siguiente: Declarar la conclusión del presente Concurso de Acreedores en el que figura como Concursada la mercantil Bagsonalite, S.L., al haberse procedido a la venta y realización de toda la masa activa y comprobarse la inexistencia de bienes y derechos de la Concursada, ni de terceros responsables con los que satisfacer a los acreedores concursales, cesando respecto de la misma a todos los efectos de la declaración del concurso. Respecto a la rendición de cuentas, y no existiendo oposición de los acreedores, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 479.2 ª del Texto Refundido de la Ley Concursal, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/20, de 5 de mayo, se aprueba la misma Queda cesada en su cargo la Administración Concursal, aprobándose expresamente la rendición de cuentas presentada. El cese de las limitaciones de las facultades de Administración y disposición del deudor subsistentes. El deudor quedará responsable del pago de los créditos restantes. Los acreedores podrán iniciar ejecuciones singulares en tanto no se acuerde la reapertura del Concurso o no se declare nuevo concurso. Gijón, 19 de febrero de 2021.- La Letrada de la Administración de Justicia, María José Alonso González.
- Otro acto concursal30/09/2020⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 3 DE OVIEDO Proc. 0000394/2019Juge : NO CONSTA NO CONSTAOrdonnance 19/02/2021
VER DOCUMENTACION ADJUNTA
- Otro acto concursal07/02/2020⚖️ MERCANTIL - 3Proc. 394/2019Juge : RAFAEL ABRIL MANSOOrdonnance 04/02/2020
MANDAMIENTO AL QUE SE UNE EDICTO CON EL AUTO DEL PLAN DE LIQUIDACION
- Declaración de concurso23/10/2019⚖️ Juzgado de lo Mercantil nº 3 de OviedoProc. 394/2019Ordonnance 03/10/2019
Don Miguel Ángel Álvarez Turanzas, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil nº 3 de Oviedo con sede en Gijón. Que en este órgano judicial se tramita Sección I Declaración de Concurso Voluntario Abreviado 394/2019, presentado por la Procuradora doña Patricia Beberide García en nombre y representación de la mercantil Bagsonalite, S.L., con CIF B52516150 y domicilio en avenida Manuel Sirgo número 286, Tremañes, Gijón, por auto del 3 de octubre de 2019, Hago saber: 1.- Que en los autos seguidos en este juzgado, Seccion I Declaración Concurso Voluntario Abreviado número 394/2019, con NIG 33024 47 1 2019 0000386, se ha dictado, con fecha 3 de octubre de 2019, auto de declaración de concurso del deudor Bagsonalite, Cif B52516150, con domicilio en Avenida Manuel Sirgo numero 286, Tremañes, Gijón 2.- Se ha nombrado como Administrador Concursal a don Hugo Piquero Álvarez, el cual ha sido designado al objeto de que los acreedores efectúen la comunicación de créditos previstos, y con los requisitos recogidos, en el artículo 85 de la Ley Concursal, en el plazo de Un Mes, a contar desde la publicación de este edicto en el BOE, y cualquier otra acto de comunicación con la Administración concursal, a su elección en: Administrador Concursal: Don Hugo Piquero Álvarez. - Dirección postal, y despacho profesional: Calle Alonso Quintanilla nº 3 1º D, 33002 Oviedo. - Horario de despacho: 9.30 a 14.00 horas de lunes a viernes. - Dirección electrónica: [email protected] - Teléfono 985210320. - Fax 985223521. 3.- Se ha acordado la intervención, de las facultades de administración y disposición quedando están sometidas a la Administración concursal. Gijón, 3 de octubre de 2019.- Letrado de la Administración de Justicia, Miguel Ángel Álvarez Turanzas.
- Declaración de concurso14/10/2019⚖️ MERCANTIL - 3Proc. 394/2019Juge : Rafael Abril MansoOrdonnance 03/10/2019
mandamiento del Letrado de la Administración de justicia al que se une edicto por el que se une auto de declaración de concurso, nombramiento de administrador concursal, periodo de apertura de comunicación de créditos
- Apertura de liquidación14/10/2019⚖️ MERCANTIL - 3Proc. 394/2019Juge : Rafael Abril MansoOrdonnance 08/10/2019
mandamiento del letrado de la Administración de justicia al que se une edicto por el que se acuerda abrir la fase de liquidación del concurso
Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.