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Procédure collective

BAINIS URBE SL

CIF B36519569Voir la fiche société

Publications
510/09/201523/04/2026
Procédure
153/2015
Tribunal
JUZGADO MERCANTIL PONTEVEDRA 1 · MERCANTIL DE PONTEVEDRA Nº 001 · Jdo. de lo Mercantil n.º 1 de Pontevedra

Chronologie du dossier

  1. Otro acto concursal23/04/2026
    ⚖️ JUZGADO MERCANTIL PONTEVEDRA 1Proc. 153/2015Ordonnance 30/01/2026

    Cese de las limitaciones de las facultades de administración

  2. Otro acto concursal23/04/2026
    ⚖️ JUZGADO MERCANTIL PONTEVEDRA 1Proc. 153/2015Ordonnance 30/01/2026

    Cese de Administrador concursal

  3. Conclusión del concurso23/04/2026
    ⚖️ JUZGADO MERCANTIL PONTEVEDRA 1Proc. 153/2015Juge : ALFONSO MUÑOZ PAREDESOrdonnance 30/01/2026

    El Jdo. de lo Mercantil n. 1 de Oviedo ha dictado auto que dispone: DECIDO Declarar en situación de concurso a BEATRIZ MARTINEZ DIAZ, con NIF: 09413487-R, cuyo pasivo, según resulta de la solicitud de concurso, asciende a 27.898,78 euros.

  4. Conclusión del concurso04/02/2026
    ⚖️ MERCANTIL DE PONTEVEDRA Nº 001Proc. 153/2015Juge : MANUEL MARQUINA ALVAREZOrdonnance 30/01/2026

    Ver edicto

  5. Declaración de concurso10/09/2015
    ⚖️ Jdo. de lo Mercantil n.º 1 de PontevedraOrdonnance 09/07/2015

    Edicto D. José Luis Gutiérrez Martín, Secretario/a Judicial del Jdo. de lo Mercantil n.º 1 de Pontevedra, por el presente, hago saber: 1º.- Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el nº Sección I Declaración Concurso 0000153/2015 y NIG nº 36038 47 1 2014 0000445 se ha dictado, en fecha 30.06.15, Auto de Declaración de Concurso voluntario del deudor Bainis Urbe, S.L., con C.I.F. B-36519569, cuyo centro de intereses principales lo tiene en C/ Manuel Álvarez, 30, 1º izqda., A Guarda. 2º.- Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición que seguirá ejerciendo el deudor, con la autorización o conformidad de la administración concursal. Se ha designado, como administración concursal a Manuel Fontaíña Troitiño, con domicilio postal en calle Peregrina, 33-35, 2º-A, C.P. 36003 Pontevedra y dirección electrónica señalada [email protected] para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos. 3º.- Igualmente, se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado. 4º.- Las resoluciones que traigan causa del concurso se publicarán en la siguiente dirección electrónica del Registro Público Concursal www.publicidadconcursal.es. Pontevedra, 9 de julio de 2015.- El Secretario Judicial.

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.