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Procédure collective
BALAUSTRADAS PREMAR SL
CIF B07922370Voir la fiche société →
- Publications
- 2 — 24/06/2009 → 13/07/2013
- Procédure
- 205/2009
- Tribunal
- Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Palma de Mallorca
Chronologie du dossier
- Conclusión del concurso13/07/2013⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Palma de MallorcaOrdonnance 01/04/2013
Don Enrique Díaz Revorio, Secretario del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Palma de Mallorca, por el presente, Hago saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado con el n.º 205/9, se ha dictado a instancia de de la administración concursal en fecha 1 de abril de 2013, Auto de conclusión del concurso del deudor Balaustradas Premas, S.L., con CIF B-07922370, y domicilio en la calle Licores, número 167, de Marratxi, habiéndose aprobado en el citado auto la rendición de cuentas presentada por la administración concursal, quedando la misma de manifiesto en esta Oficina Judicial. Palma, 4 de julio de 2013.- El Secretario Judicial.
- Otro acto concursal24/06/2009⚖️ Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Palma de MallorcaProc. 205/2009Ordonnance 11/11/2009
El Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Palma de Mallorca, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia: 1º.- Que en el procedimiento número 205/2009, por auto de fecha 11 de noviembre de 2009 se ha declarado en concurso abreviado al deudor Balaustradas Premar, S.L. con CIF B-07922370, con domicilio en principales intereses lo tiene en Calle Licores número 167 Marratxí. 3º.- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. El plazo para esta comunicación es el de quince días a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado. 4º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Palma de Mallorca, 11 de junio de 2009.- El/la Secretario Judicial.
Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.