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Procédure collective

BALLBENI VILANOVA SL

CIF B61000022Voir la fiche société

Publications
117/09/201317/09/2013
Procédure
330/2013
Tribunal
Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Barcelona

Chronologie du dossier

  1. Declaración de concurso17/09/2013
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de BarcelonaProc. 330/2013Ordonnance 02/09/2013

    Edicto Dando publicidad a la declaración de concurso Doña Natalia Ramos Lain, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Barcelona, Hago saber: Que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 330/2013, en el que se ha dictado auto declarando en estado de concurso a la entidad Ballbeni Vilanova, S.L., y ordenando darle publicidad con los siguientes datos: Número de asunto.-Concurso voluntario 330/2013, Sección C4. NIG del procedimiento.-0801947120128007234. Entidad concursada.-Ballbeni Vilanova, S.L., con CIF n.º: B-61000022. Tipo de concurso.-Voluntario. Fecha del auto de declaración.-30/05/2013 Administrador concursal.-Don Óscar López Martínez, con correo electrónico [email protected], y domicilio profesional en Barcelona, avenida Diagonal, 442 bis, 2.ª planta. Facultades del concursado.-Intervenidas. Forma de personación.-Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador. Llamamiento a los acreedores y comunicación de créditos conforme al artículo 85 LC.-Los acreedores de la concursada deberán ponerlos en conocimiento de la Administración concursal, en el domicilio designado al efecto o remitirlos a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la Administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito. El plazo será de un mes a contar desde la última de las publicaciones. Examen de los autos.-Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Secretaría Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes en que consten sus respectivos créditos, o bien hacerlo por medio de Abogado o Procurador que autoricen al efecto, sin necesidad de personarse. Barcelona, 2 de septiembre de 2013.- La Secretaria Judicial.

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.