AccueilJusticeBCNINS ILLUSION SL

Procédure collective

BCNINS ILLUSION SL

CIF B63433692Voir la fiche société

Publications
108/11/201208/11/2012
Procédure
632/2012
Tribunal
Juzgado de lo Mercantil N.º 2 de los de Barcelona

Chronologie du dossier

  1. Otro acto concursal08/11/2012
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil N.º 2 de los de BarcelonaProc. 632/2012Ordonnance 15/10/2012

    Don José Maria Valls Soriano, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil N.º 2 de los de Barcelona y Provincia, Hago saber: Que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 632/2012 en el que se ha dictado con fecha 5/10/12 auto declarando en estado de concurso a la entidad Bcnins Illusion, S.L., con CIF B-63433692 y mandando darle publicidad con los siguientes datos: NIG del procedimiento: 08019-47-1-2012-8004319. Tipo de concurso: Voluntario. Se ordena la intervención por la administración concursal de las facultades de administración y disposición de la entidad en concurso. Concursada: Bcnins Illusion, S.L., con domicilio en c/ Canet, 2, Bajos, de Barcelona. Administrador concursal: D.ª Marta Vila Florensa, con domicilio en Avda. Diagonal, 482, Barcelona, con correo electrónico [email protected], Forma de personación: Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador. Llamamiento a los acreedores y comunicación de créditos conforme al art. 85 de la Ley concursal: Los acreedores de la concursada deberán poner en conocimiento de la administración concursal en el domicilio designado al efecto o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso los datos registrales.También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito. El plazo será de un mes a contar desde la última de las publicaciones. Examen de los autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Secretaría Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobres sus respectivos créditos o hacerlo por medio de abogado o procurador que autoricen al efecto sin necesidad de personarse. Barcelona, 15 de octubre de 2012.- El Secretario Judicial, José Maria Valls Soriano.

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.