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Procédure collective
BEACON BRIDGE SOCIEDAD LIMITADA EN LIQUIDACION
CIF B30359624Voir la fiche société →
- Publications
- 2 — 20/02/2012 → 24/04/2018
- Procédure
- 511/2011
- Tribunal
- Juzgado de lo Mercantil núm.1 de Murcia
Chronologie du dossier
- Otro acto concursal24/04/2018⚖️ Juzgado de lo Mercantil núm.1 de MurciaProc. 511/2011Ordonnance 19/04/2018
Edicto Doña Ana María Lacalle Espallardo, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil núm.1 de Murcia, Anuncia 1.- Que en este órgano judicial se tramita concurso voluntario 511/2011 de Beacon Bridge, S.L, con CIF n.º B-30359624, en el que se ha dictado el día 19 de abril de 2018 Auto acordando la conclusión y archivo del procedimiento. 2.- El Auto se fundamenta en las causas previstas en el artículo 176 de la Ley Concursal. Y para que sirva con el fin de dar la publicidad prevista en los artículos 23 y 177.3 de la Ley Concursal, se expide el presente. Doy fe. Murcia, 20 de marzo de 2018.- La Letrada de la Administración de Justicia.
- Declaración de concurso20/02/2012⚖️ MURCIAOrdonnance 08/02/2012
Edicto. Doña Ana María Lacalle Espallardo, Secretario Judicial de Juzgado de lo Mercantil número 1 de Murcia, por el presente, Hago saber: 1º.- Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º Sección I Declaración Concurso 0000511 /2011 y NIG n.º 30030 47 1 2011 0001149 se ha dictado en fecha tres de febrero de dos mil doce auto de declaración de concurso voluntario del deudor Beacon Bridge, S.L., con CIF B-30359624, cuyo centro de intereses principales lo tiene en Murcia, calle Panochista Pepe Ros, n.º 1. 2º.- Se ha acordado que las facultades de administración y disposición queden intervenidas. 3º.- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal. Dicha comunicación deberá comunicarse a la administración concursal que luego se dirá directamente y en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito. 4º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (art. 184.3 Ley Concursal). 5º.- Se ha designado, como administración concursal al titulado Mercantil, don José Vidal Martínez, con domicilio postal en Murcia, Plaza Circular, n.º 9, 1º A, teléfono 968 282 401 y dirección electrónica [email protected] 6º.- Las resoluciones que traigan causa del concurso se publicarán en la siguiente dirección electrónica del Registro Público Concursal [email protected] Murcia, 8 de febrero de 2012.- La Secretario Judicial.
Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.