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Procédure collective

BEBAR MEDIA SL

CIF B12951729Voir la fiche société

Publications
515/09/201823/07/2021
Procédure
000270/2018 · 270/2018
Tribunal
JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE CASTELLO DE LA PLANA · MERCANTIL - 1

Chronologie du dossier

  1. Conclusión del concurso23/07/2021
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE CASTELLO DE LA PLANA Proc. 000270/2018Juge : EDUARDO ENRECH LARREAOrdonnance 21/05/2021

    dar publicidad a la comunicación prevista en el art. 583 L.Concursal

  2. Conclusión del concurso04/06/2021
    ⚖️ MERCANTIL - 1Proc. 270/2018Juge : FRANCISCO GIL MONZOOrdonnance 21/05/2021

    Se declara la conclusión del concurso de Bebar Media SL

  3. Otro acto concursal23/12/2020
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE CASTELLO DE LA PLANA Proc. 000270/2018Juge : PEDRO JOSE MALAGON RUIZOrdonnance 21/05/2021

    AUTO DECLARA CONCURSO VOLUNTARIO ABREVIADO ART. 522 TRLC

  4. Otro acto concursal23/12/2020
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE CASTELLO DE LA PLANA Proc. 000270/2018Juge : JOAN HOLGADO ESTEBANOrdonnance 21/05/2021

    FINALIZACION FASE COMUN

  5. Apertura de liquidación15/09/2018
    ⚖️ CASTELLÓN DE LA PLANAOrdonnance 18/07/2018

    Don Jorge González Rodríguez, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil número uno de Castellón, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal Hago Saber: Primero: Que por Auto de fecha 18 de Julio de 2018, dictado en el procedimiento de Concurso Abreviado número 000270/2018, Nig número 12040-66-1-2018-0000322, seguido en este Juzgado, se ha declarado en Concurso Voluntario y Abreviado al deudor " Bebar Media Sociedad Limitada ", domiciliado en calle Mayor, número 11-bajo (Burriana) y CIF número B12951729. Segundo: Que se ha acordado la apertura de la Fase de Liquidación, a tramitar conforme a los artículos 148 y siguientes de la Ley Concursal, produciéndose con ello el vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de aquellos que consistan en otras prestaciones. Tercero: Que se ha determinado el régimen de Suspensión de las facultades de administración y disposición de su patrimonio por el concursado. Cuarto: Que se ha designado como Administrador/es Concursal/es a don Jesús Bonet Sánchez, con domicilio en plaza Hernán Cortés, número 2- Entlo. A y dirección electrónica [email protected], a través de los cuales podrán los acreedores, a su elección, efectuar la comunicación de sus créditos, de conformidad con el articulo 85 de la Ley Concursal. Quinto: Que el plazo para comunicar los créditos a la Administración concursal será de un mes a contar desde el siguiente a la publicación del presente en el Boletin Oficial del Estado. Sexto: La comparecencia en el procedimiento, mediante escrito al efecto dirigido a este Juzgado, deberá realizarse mediante representación por Procurador/a y asistencia de Letrado/a, sin perjuicio de lo previsto para la representación y defensa de los trabajadores y de las Administraciones Públicas. Castellón, 5 de septiembre de 2018.- El Letrado de la Administración de Justicia, Jorge González Rodríguez.

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.