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Procédure collective
BILBOMAISON SOCIEDAD LIMITADA
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- Publications
- 3 — 13/09/2010 → 09/05/2016
- Tribunal
- Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Bilbao
Chronologie du dossier
- Otro acto concursal09/05/2016⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de BilbaoOrdonnance 18/04/2016
El Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Bilbao, anuncia, Que en el Procedimiento concursal numero 523/10 en el que figuran como concursados "BILBAO MAISÓN, S.L." y "AVI-PROBILBO MILENIO, S.L.", CIF B95104287 y CIF B95387833, se ha dictado el 18 de abril de 2016 auto que declara concluso el concurso y acuerda el archivo de las actuaciones por insuficiencia de la masa activa. La misma resolución ha decretado el cese de las limitaciones que pudieran quedar subsistentes en cuanto a las facultades de administración y disposición de los deudores salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación. Así mismo, se ha acordado también la extinción de las personas jurídicas deudoras. Dicho auto es firme por no caber contra el mismo recurso alguno. Bilbao (Bizkaia), 18 de abril de 2016.- La Letrada de la Administración de Justicia.
- Apertura de liquidación22/10/2011⚖️ BILBAOOrdonnance 03/10/2011
El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Bilbao (Bizkaia) anuncia: Que en el procedimiento concursal número 523/10 referente al concursado "Bilbo Maison, S.L.", y "Avi Probilbo Milenio, S.L.", con N.I.F. B95104287 y B95387833, por auto de fecha 3 de octubre de 2011 se ha acordado lo siguiente: Primero.- Abrir la fase de liquidación del concurso a petición del deudor. Segundo.- Acordar la suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio. Tercero.- Se han declarado disueltas la mercantil Bilbo Maison, S.L., y Probilbo Milenio, S.L., cesando en su función sus administradores sociales, que serán sustituidos por la administración concursal. Cuarto.- La misma resolución ha acordado la formación de la sección sexta del concurso para la calificación del mismo. Dentro de los diez días siguientes a la última publicación de este edicto, que esta previsto anunciarlo en el tablón de anuncios del Juzgado y en el Boletín Oficial del Estado cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo, podrá personarse y ser parte en dicha sección, alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del mismo como culpable. BIlbao, 3 de octubre de 2011.- El Secretario Judicial.
- Otro acto concursal13/09/2010⚖️ BILBAOOrdonnance 29/07/2010
El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Bilbao (Bizkaia), en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC) anuncia: Primero.- Que en el procedimiento número 523/10, por auto de 29 de julio de 2010, se ha declarado en concurso voluntario al deudor "BIlbo Maison, S.L.", con N.I.F. B95104287, con domicilio en la calle Autonomía, 26, 4º B, BIlbao (Bizkaia) y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Bilbao. Segundo.- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas estas a la intervención de la administración concursal. Tercero.- Que los acreedores del concursado deben poner en coocimiento de la administración concursal la existencia de sus creditos en la fomra y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. El plazo para esta comunciación es el de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial del Estado. Cuarto.- Que los acreedores e interesados que desen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado. BIlbao, 29 de julio de 2010.- El Secretario Judicial.
Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.