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Procédure collective

Bionostra, S.L

CIF B82363326Voir la fiche société

Publications
429/01/201118/12/2013
Procédure
1033/2010
Tribunal
Juzgado de lo Mercantil n.º 6 de Madrid

Chronologie du dossier

  1. Conclusión del concurso18/12/2013
    ⚖️ MADRIDProc. 1033/2010Ordonnance 26/11/2013

    Edicto. D.ª María Jesús Palmero Sandín, Secretaria Judicial del Juzgado Mercantil 6 de Madrid en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, 1º.- Que en el procedimiento número 1033/2010, por auto de 26 de noviembre de 2013, se ha acordado la conclusión del Concurso Voluntario de la entidad Bionostra, S.L., con CIF B-82363326 así como el cese del administrador concursal D. Luis de Valle Corredor. 2.- Asimismo, se ha aprobado la rendición de cuentas presentada por la administración concursal y se ha declarado la extinción de la entidad. Madrid, 26 de noviembre de 2013.- La Secretaria Judicial.

  2. Otro acto concursal20/06/2011
    ⚖️ MADRIDProc. 1033/2010Ordonnance 26/05/2011

    Edicto Doña María Jesús Palmero Sandín, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 6 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia: 1.- Que en el procedimiento concursal número 1033/2010 referente al deudor Bionostra, S.L. CIF B-82363326 se ha presentado el informe de la administración concursal, al que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley Concursal (LC), junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores. Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la Secretaría del Juzgado, así como obtener copias, a su costa. 2.- Dentro del plazo de diez días computado desde la última de las publicaciones de este edicto, que se publicará en el Boletín Oficial del Estado y en el tablón de anuncios de este Juzgado, los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este Juzgado de lo Mercantil. 3.- Las impugnaciones se tendrán que realizar por medio de Abogado y Procurador de los tribunales. Madrid, 26 de mayo de 2011.- La Secretaria Judicial.

  3. Otro acto concursal03/05/2011
    ⚖️ MADRIDOrdonnance 10/02/2011

    Edicto Doña María Jesús Palmero Sandín, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 6 de Madrid, en cumplimento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, Anuncia: Que por auto de 10 de febrero de 2011 se rectifica el auto de 20 de enero de 2011, por el que se declara en concurso voluntario 1033/10 al deudor Bionostra, S.L., CIF B-82363326, en el sentido de que donde se dice "En Madrid, a 20 de enero de 2010", debe decir "En Madrid, a 20 de enero de 2011". Madrid, 10 de febrero de 2011.- El/La Secretario/a Judicial.

  4. Otro acto concursal29/01/2011
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 6 de MadridProc. 1033/2010Ordonnance 20/01/2010

    Edicto D.ª Jesús Palmero Sandín, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 6 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, anuncia: 1.º Que en el procedimiento número 1033/2010, por auto de 20 de enero de 2010, se ha declarado en concurso voluntario al deudor Bionostra, S.L., con C.I.F. B-82363326 y domicilio en calle Ronda Poniente, 4, Tres Cantos (Madrid). 2.º Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal. 3.º Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. 4.º El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado, en el tablón de anuncios de este Juzgado y en el Registro Público Concursal, en su caso; dichas publicaciones serán gratuitas. 5.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Madrid, 20 de enero de 2011.- La Secretaria Judicial.

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.