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Procédure collective

BLAZQUEZ 2.000 SL EN LIQUIDACION

CIF B18519371Voir la fiche société

Publications
522/10/201904/07/2025
Procédure
747/2010
Tribunal
JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE GRANADA · Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Granada

Chronologie du dossier

  1. Apertura de liquidación04/07/2025
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE GRANADAProc. 747/2010Juge : JOAQUIN FEMENIA TORRESOrdonnance 07/05/2012

    Decreto comunicación apertura expediente acuerdo extrajudicial de pagos respecto de Jose Maria Ribal Torre

  2. Otro acto concursal05/05/2025
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE GRANADAProc. 747/2010Juge : Berta Pellicer OrtizOrdonnance 27/10/2010

    Declarar en estado de CONCURSO CONSECUTIVO VOLUNTARIO a D MIQUEL USTRELL TERUEL. con DNI N.º 46666908T y domicilio en c. Antoni Gaudí, 26 08760 Molins de Rei

  3. Otro acto concursal11/07/2022
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE GRANADAProc. 747/2010Juge : MARIA TERESA VAZQUEZ PIZARROOrdonnance 27/10/2010

    VER EDICTO

  4. Declaración de concurso11/07/2022
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE GRANADAProc. 747/2010Juge : MARGARITA ISABEL MARGARITA ISABEL POVEDA BERNALOrdonnance 27/10/2010

    Anuncio de declaración de concurso

  5. Declaración de concurso22/10/2019
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil nº 1 de GranadaProc. 747/2010Ordonnance 11/10/2019

    Edicto El Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Granada, de Marcas, Patentes y Protección Jurídica del Diseño Industrial, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal. Anuncia Que en el concurso voluntario nº 747/2010, con NIG 1808742M20100001046, seguido a instancia de Maderas Blázquez 2000, S.L., con CIF B-18519371, se ha dictado con fecha 11 de octubre de 2019 auto en cuya parte dispositiva se ha acordado lo siguiente: Acuerdo la conclusión del presente procedimiento concursal de la entidad Maderas Blázquez 2000, S.L. Asimismo, acuerdo aprobar la rendición final de cuentas presentada por la Administración concursal. De conformidad a ello: Primero: Procédase a la publicación de la presente resolución en el BOE, en el Registro Mercantil y en el Registro Público Concursal. Segundo: Procédase a la cancelación de las anotaciones de declaración de concurso existentes, librando a tal efecto los mandamientos oportunos. Tercero: Llévese testimonio de la presente resolución a todas las secciones del concurso. Cuarto: Requiérase a la Administración concursal para que presente su credencial en el Juzgado, cesando en tal momento de su cargo. Quinto: Se acuerda la extinción de Maderas Blázquez 2000, S.L. Líbrese mandamiento al Registro Mercantil conteniendo testimonio de la presente resolución, firme que sea la misma, al objeto de la inscripción de la cancelación de las sociedades Maderas Blázquez 2000, S.L. Contra la presente resolución, que es firme, no cabe interponer recurso alguno. Así, por este mi Auto, lo acuerdo, mando y firmo, yo, don Rafael Leonés Valverde, titular del Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Granada. Granada, 15 de octubre de 2019.- Letrada de la Administración de Justicia, Alicia Pilar Raya García.

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.