Accueil›Justice›BODEGAS HABLA SL
Procédure collective
BODEGAS HABLA SL
CIF B10278331Voir la fiche société →
- Publications
- 1 — 28/06/2011 → 28/06/2011
Chronologie du dossier
- Declaración de concurso28/06/2011⚖️ CÁCERESOrdonnance 14/06/2011
Edicto Don Juan Fernando Montero Manchado, Secretario Judicial de JDO. 1.ª INST. e Instrucción N.º 1 de Cáceres, por el presente, hago saber: 1.º-Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º Sección I declaración Concurso 0000684/2011 se ha dictado en fecha 14-06-2011 Auto de declaración de concurso voluntario del deudor Bodegas Habla, S.L., con CIF N.º B-10-278331, cuyo centro de intereses principales lo tiene en Autovía A-5. Km 259; 10200-Trujillo (Cáceres). 2.º-Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición que seguirá ejerciendo el deudor. 3.º-Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a la previsto en el artículo 85 de la LC. Dicha comunicación deberá presentarse ante este órgano judicial en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente en ellos, y en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito. 4.º-Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (artículo 184.3 LC). Cáceres, 14 de junio de 2011.- El/la Secretario/a Judicial.
Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.