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Procédure collective

BOMBEO 600 SL

CIF B97324479Voir la fiche société

Publications
328/11/201916/09/2020
Procédure
956/2019
Tribunal
JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE VALENCIA

Chronologie du dossier

  1. Otro acto concursal16/09/2020
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE VALENCIA Proc. 956/2019Ordonnance 08/10/2019

    Resolución sobre las facultades de administración

  2. Conclusión del concurso16/09/2020
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE VALENCIA Proc. 956/2019Ordonnance 08/10/2019

    Auto de conclusión de concurso

  3. Declaración de concurso28/11/2019
    ⚖️ VALENCIAOrdonnance 10/10/2019

    Doña María José Roig Sapiña Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Valencia, de conformidad con lo previsto en los artículos 21 y 23 de la Ley concursal, por el presente doy la publicidad ordenada al Auto de declaración de concurso dictado en este juzgado y Hago Saber: Que en este Juzgado se tramitan Autos de Concurso Abreviado Voluntario n.º 956/19, habiéndose dictado en fecha 10 de octubre de 2019 por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez Jacinto Talens Seguí Auto de declaración de Concurso de Acreedores de Bombeo 600, S.L., con domicilio en calle San Vicente n.º 84, pta. 5, Valencia y CIF nº B97324479, inscrita en el Registro Mercantil de esta Provincia, en hoja V-89256, tomo 7453, folio 122, y por el que se ha acordado haber lugar a la conclusión del concurso por inexistencia de bienes y al archivo de las actuaciones, habiéndose declarado la extinción de la Mercantil mencionada y el cierre de la hoja de su inscripción en los Registros Públicos que corresponda, conforme al artículo 176 bis de la Ley Concursal, pudiendo interponer recurso de apelación en el plazo de veinte días los terceros legitimados a partir de la publicación de este edicto en el BOE. Y de conformidad con lo ordenado se expide el presente edicto para conocimiento de los Acreedores y demás Interesados. Valencia, 10 de octubre de 2019.- La Letrada de la Administración de Justicia, María José Roig Sapiña.

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.