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Procédure collective
BOR-TEC VALENCIA SL
CIF B97124069Voir la fiche société →
- Publications
- 3 — 12/01/2010 → 21/11/2015
- Procédure
- 570/2009
- Tribunal
- Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de Valencia
Chronologie du dossier
- Conclusión del concurso21/11/2015⚖️ Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de ValenciaOrdonnance 22/04/2015
Edicto D. Joaquín Andrés Sancho, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de Valencia, por el presente Hago saber: Que en este Juzgado se tramitan autos de Concurso de Acreedores núm. 000570/2009 habiéndose dictado en fecha 4/11/15 por el Ilmo/a. Sr/a. Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Valencia auto firme de conclusión de concurso voluntario, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor: Se decreta la conclusión del Concurso Abreviado tramitado en este Juzgado bajo el número de procedimiento 000570/2009, promovido por el Procurador Sr/a Crespo Moreno, Margarita, en nombre y representación de la mercantil Bor-Tec Valencia, S.L.U., y el Archivo de las presentes actuaciones sin más trámite por no existir ni bienes ni derechos del concursado ni de terceros responsables con los que satisfacer a los acreedores actuaciones. Se acuerda el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor. Se acuerda que el deudor quedará responsable del pago de los créditos restantes. Los acreedores podrán iniciar ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o no se declare nuevo concurso. Se acuerda disponer el cese del administrador concursal D.ª Laura Pellicer Sánchez, con DNI n.º 20.148.887-J, revocando las autorizaciones otorgadas en el procedimiento concursal. Se acuerda declarar la Extinción de la mercantil Bor-Tec Valencia, S.L.U., con C.I.F. B-97124069, procediendo en su caso al cierre de la hoja de inscripción en los Registros Públicos que corresponda, a cuyo efecto expídase testimonio y mandamiento por duplicado al Registro Mercantil de Valencia ya que contra la presente resolución no cabe recurso alguno (art. 177 de la LC) y tiene carácter de firme. Se aprueba la cuenta rendida por la administración concursal en su informe de fecha 22 de abril de 2015. Valencia, 4 de noviembre de 2015.- La Secretaria Judicial.
- Apertura de liquidación02/10/2012⚖️ Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de ValenciaOrdonnance 11/07/2012
Edicto. Doña Cristina María Valero Domenech, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de Valencia, Por el presente, hago saber: Que en este Juzgado se siguen autos de concurso de acreedores de "Bor-Tec Valencia, S.L.U.", con el número de registro 000570/2009, en cuyo seno se ha dictado auto de fecha 11 de julio de 2012, que es firme, con el siguiente tenor literal: "Quedan en suspenso las facultades de administración y disposición del/los Administrador/es de la empresa concursada. Se declara la disolución de la mercantil concursada "Bor-Tec Valencia, S.L.U.", con domicilio en Xátiva (Valencia), calle Conde de Urgell, n.º 2, local 10-E, y CIF número B-97124069, inscrita en el Registro Mercantil de esta provincia, al tomo 6982, folio 71, hoja V-79297, lo que conlleva el cese de la administración societaria, que será sustituida por el Administrador concursal, doña Laura Pellicer Sánchez, con DNI/NIF número 20.148.887-J, ello sin perjuicio de continuar aquélla administración societaria en la representación de la concursada en el procedimiento y en los incidentes en los que sea parte; quien presentará en este Juzgado, en un plazo de quince días a contar desde la notificación de la presente resolución, un plan adecuado para la realización de los bienes y derechos de la concursada que forman parte de la masa activa del concurso de conformidad con el artículo 148.1 LC. Procede el vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de los créditos realizables. Cualquiera de los acreedores del presente concurso o persona que acredite interés legítimo, podrá personarse y ser parte en la sección 6.ª alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable, dentro de los diez días siguientes a la última publicación que se hubiere dado a esta resolución, lo que se hará constar en el edicto ya acordado para la publicidad de la apertura de la fase de liquidación." Y para que sirva de notificación y a los efectos del artículo 98 de la LC, se expide el presente. Valencia, 21 de septiembre de 2012.- La Secretario Judicial.
- Declaración de concurso12/01/2010⚖️ Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de ValenciaProc. 570/2009Ordonnance 21/12/2009
D.ª María José Navarro Melchor, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de Valencia, Por el presente, gago saber: Que en este Juzgado se tramitan autos de Concurso de Acreedores núm. 570/2009, habiéndose dictado en fecha 21 de diciembre de 2009 por el Ilmo/a. Sr/a. Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Valencia, auto de declaración de concurso voluntario de acreedores de Bor-Tec Valencia, S.L.U., con domicilio en Xativa (Valencia), calle Conde de Urgell, n.º 2, local 10-E, y CIF. B-97124069, inscrita en el Registro Mercantil de esta Provincia al tomo 6.982, folio 71, hoja V-79297, decretándose la interverción de las facultades de la mercantil, habiéndose designado administrador concursal a Laura Pellicer Sánchez, Abogada, con domicilio profesional en Valencia, Avda. Pérez Galdós, n.º 48-5-E, expidiéndose el presente edicto a fin de que en el plazo de un mes desde la publicación en el BOE, puedan comunicar los créditos en los términos del art. 85. Valencia, 21 de diciembre de 2009.- El Secretario Judicial.
Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.