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Procédure collective

BRB CARROCEROS SL

CIF B61063871Voir la fiche société

Publications
111/05/201011/05/2010
Procédure
161/2010

Chronologie du dossier

  1. Otro acto concursal11/05/2010
    ⚖️ BARCELONAProc. 161/2010Ordonnance 22/03/2010

    Doña María José Hompanera González, Secretaria del Juzgado Mercantil número 6 de Barcelona, Por el presente, hago saber: Que en el procedimiento de Concurso Voluntario, tramitado bajo el número 161/2010-D, se ha declarado mediante auto de fecha 22 de marzo de 2010 el Concurso de BRB Carroceros, Sociedad Limitada, con CIF número B-61.063.871 y con domicilio social en Gironella, calle Bonavista, s/n, estando el centro de sus intereses principales en Fuenlabrada, Polígono Industrial Callfersa, calle Metalúrgicos, número 12, habiendo sido intervenidas las facultades de administración y disposición del concursado respecto de su patrimonio. Se ha designado como Administrador Concursal a Juan Ramón Moya Rodamilans (economista), con domicilio en Barcelona, Avenida Diagonal, número 640, 6ª planta, y número de teléfono 93-228.78.14. Se hace saber a los acreedores que en el plazo de quince días desde la publicación deben comunicar sus créditos al Servicio Común Mercantil sito en Ciutat de la Justicia, Gran Vía de les Corts Catalanes, número 111, Edificio C, 13ª planta, de Barcelona, ante el que igualmente deberán efectuarse las personaciones en forma en el procedimiento, con la debida asistencia letrada y representación por medio de procurador, a los efectos de su inclusión en la lista de acreedores y ulterior reconocimiento y clasificación de conformidad con el artículo 85 de la Ley Concursal. La lista de acreedores puede consultarse en la Secretaria del Juzgado, sita en la 12ª planta de la referida dirección, publicándose la declaración del presente concurso en la dirección electrónica "publicidadconcursal.es" Barcelona, 22 de marzo de 2010.- La Secretaria Judicial.

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.