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Procédure collective
BRICOAGUADULCE SL
CIF B04281481Voir la fiche société →
- Publications
- 4 — 16/07/2014 → 12/04/2023
- Procédure
- 226/2013
- Tribunal
- JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE ALMERÍA
Chronologie du dossier
- Otro acto concursal12/04/2023⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE ALMERÍA Proc. 226/2013Juge : ROCIO FLOREZ HERNANDEZOrdonnance 12/12/2019
Admitir a trámite la comunicación de insolvencia y de inicio de negociaciones efectuada por la notario de Madrid Dña. Blanca Valenzuela Fernández en nombre y representación de Dña. Elena Saraolu Saraolu para alcanzar un acuerdo extrajudicial de pagos
- Conclusión del concurso12/04/2023⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE ALMERÍA Proc. 226/2013Juge : CÉSAR SUÁREZ VÁZQUEZOrdonnance 12/12/2019
Declaro a JAIME ALMIRALL BLANCO en concurso de acreedores voluntario mayor de edad, con DNI nº 46621934Z, , con domicilio en Calle Aureli Capmany nº 2, ESC 2º 3ª, 1ª pta. , 08195 ¿ Sant Cugat del Vallès; que será tramitado por procedimiento ordinario
- Conclusión del concurso23/12/2019⚖️ ALMERÍAProc. 226/2013Ordonnance 12/12/2019
El Juzgado de lo Mercantil de Almería, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), Anuncia Que en el procedimiento número 226/2013, referente al deudor BRICOAGUADULCE, S.L., con CIF B04281481 y domicilio en avenida Carlos III nº 100, 04720 Roquetas de Mar (Almería), se ha dictado Auto de Conclusión de Concurso de fecha 12 de diciembre de 2019, en cuya parte dispositiva se dispone: 1º.- La conclusión del presente procedimiento concursal, por insuficiencia de masa activa. 2º.- Se declara aprobada la rendición de cuentas final de la Administración Concursal. 3º.- Se declara la extinción de la entidad mercantil BRICOAGUADULCE, S.L. 4º.- Publíquese la presente resolución en el tablón electrónico de edictos de la sede judicial electrónica, en el Boletín Oficial del Estado y en el Registro Público Concursal. 5º.- Se decreta el cese de la Administración concursal. Almería, 13 de diciembre de 2019.- Letrada de la Administración de Justicia, María Ángeles Bossini Ruiz.
- Otro acto concursal16/07/2014⚖️ ALMERÍAOrdonnance 09/05/2014
Edicto El Juzgado de lo Mercantil de Almería, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia: 1º.- Que en el procedimiento número 226/13, con NIG 0401342M20130000243, por auto de 10 de abril de 2.014 se ha declarado en concurso necesario al deudor BRICOAGUADULCE, S.L., con CIF B-04281481 y domicilio en Avda. Carlos III, 100, 04720 Roquetas de Mar (Almería). 2º.- Que el deudor ha sido suspendido en el ejercicio de las facultades de administración y disposición de su patrimonio, siendo sustituido por la administración concursal. 3º.- Que los acreedores del concurso deberán dirigir a la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el art. 85 de la L.C.A. estos efectos se informa que la administración concursal designada ha sido Administración Concursal, Auditores, Administradores Concursales y Peritos, habiendo aceptado el cargo Eduardo Miguel Molina Rodríguez, con D.N.I n.º 24.861.313-S, y D. Juan Carlos Robles Díaz, con D.N.I n.º 33.370.407-Y, en calidad de socios profesionales, y con domicilio en Avda. Federico García Lorca, n.º 11, 2.ª A, 04004 Almería, así como dirección electrónica [email protected] El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado y en el/los periódicos. 4º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Almería, 9 de mayo de 2014.- El/la Secretario judicial.
Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.