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Procédure collective
CABBSA OBRAS Y SERVICIOS SA
CIF A28124519Voir la fiche société →
- Publications
- 1 — 19/06/2013 → 19/06/2013
- Tribunal
- Juzgado de lo Mercantil núm. 7 de Madrid
Chronologie du dossier
- Otro acto concursal19/06/2013⚖️ Juzgado de lo Mercantil núm. 7 de MadridOrdonnance 30/05/2013
Doña Virginia Montejo Labrada, Secretaria del Juzgado de lo Mercantil núm. 7 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia: 1º.- Que en el procedimiento concursal registrado como CNO 361 /2013, con el número de identificación general NIG: 28079 1 0004760/2013 por auto de 30 de Mayo de 2013 se ha declarado en concurso a la mercantil Cabbsa Obras y Servicios, S.A., con CIF: A-28124519, con domicilio en la calle San Mateo, número 26, planta 2.ª de Madrid, y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Madrid. 2º.- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal. 3º.- Que ha sido nombrada la sociedad Concurlex Abogados, S.L.P., como Administrador Concursal de este concurso, aceptando el cargo en su representación doña Concepción González Andrés, con DNI 51356511-H. 4º.- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal, la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la L.C. La comunicación se presentará en el domicilio designado al efecto: Calle Víctor Andrés Belaunde, 8 - Oficina 10 28016 Madrid. T/915703905 F/915712277. También se podrá efectuar por medio correo electrónico a efecto de comunicaciones: [email protected] El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar de la publicación de este anuncio que se ha ordena publicar en el BOE. 5º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Madrid, 10 de junio de 2013.- La Secretaria.
Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.