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Procédure collective

CAFETERIA LAGUTEIDE SL

CIF B38469987Voir la fiche société

Publications
513/11/202305/02/2024
Procédure
562/2023
Tribunal
JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE SANTA CRUZ DE TENERIFE · Mercantil - 1

Chronologie du dossier

  1. Otro acto concursal05/02/2024
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE SANTA CRUZ DE TENERIFEProc. 562/2023Ordonnance 15/01/2024

    Publication sans texte au registre — voir le PDF ou la source officielle.

  2. Otro acto concursal05/02/2024
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE SANTA CRUZ DE TENERIFEProc. 562/2023Juge : MIGUEL ANGEL CHAMORRO GONZALEZOrdonnance 08/11/2023

    El anterior informe, con el contenido y los documentos del art. 292 de la Ley Concursal, presentado por la administración concursal, queda incorporado al procedimiento. Tengo por emitido el informe de la administración concursal dentro del plazo lega

  3. Conclusión del concurso05/02/2024
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE SANTA CRUZ DE TENERIFEProc. 562/2023Juge : MARIA ELOINA GONZALEZ ORVIZOrdonnance 15/01/2024

    Declarar al deudor Jesús Santiago Gago Torinos DNI 71.769.308-Q en situación de concurso consecutivo. La apertura de la fase de liquidación. Nombrar administradora concursal a la mediadora concursal instante Doña Sandra Rodríguez Fernández

  4. Conclusión del concurso16/01/2024
    ⚖️ Mercantil - 1Proc. 562/2023Juge : NÉSTOR PADILLA DÍAZOrdonnance 15/01/2024

    ...1º) CONCLUIR el presente procedimiento concursal de CAFETERÍA LAGUTEIDE, S.L. con CIF B38469987 por inexistencia de masa activa suficiente para satisfacer todos los créditos contra la masa y en consecuencia procede el archivo...

  5. Declaración de concurso13/11/2023
    ⚖️ Mercantil - 1Proc. 562/2023Juge : NÉSTOR PADILLA DÍAZOrdonnance 08/11/2023

    ...los quince días siguientes a la publicación del presente edicto, el acreedor o los acreedores que representen, al menos, el cinco por ciento del pasivo podrán solicitar el nombramiento de un administrador concursal para que presente informe...

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.