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Procédure collective

CAFETERIAS TANKA'S SL

CIF B28886273Voir la fiche société

Publications
411/12/201324/03/2025
Procédure
49/2013
Tribunal
JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE MADRID · Mercantil - 2

Chronologie du dossier

  1. Otro acto concursal24/03/2025
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE MADRID Proc. 49/2013Juge : MARIA INES GARCIA ALONSOOrdonnance 04/03/2025

    DECRETO COMUNICACION DEL INICIO DE NEGOCIACIONES PARA ALCANZAR ACUERDO

  2. Conclusión del concurso10/03/2025
    ⚖️ Mercantil - 2Proc. 49/2013Juge : ANDRES SANCHEZ MAGROOrdonnance 04/03/2025

    AUTO CONCLUSION

  3. Conclusión del concurso28/06/2022
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE MADRID Proc. 49/2013Juge : DOÑA MARIA PILAR SANCHEZ ALARCONOrdonnance 04/03/2025

    edicto

  4. Otro acto concursal11/12/2013
    ⚖️ MADRIDOrdonnance 22/11/2013

    El Juzgado de lo Mercantil número 2 de los de Madrid, en cumplimiento de lo establecido en el art. 23 de la L.C., anuncia: 1º.- Que en el procedimiento n.º 49/13 por auto de fecha 18/11/13 se ha declarado en concurso Voluntario Abreviado al deudor Cafetería Tanka's, S.L., con CIF n.º B-28886273, con domicilio en Madrid, calle Silva, n.º 4. 2º.- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la Administración Concursal. 3º.- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la Administración Concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar desde la presente publicación. Lugar para tal comunicación: 1.- Por presentación o remisión a la dirección: "Administración Concursal del concurso de Cafetería Tanka's, S.L., " administrador concursal al letrado don Alberto Barbero Sánchez, con domicilio a efectos de comunicación de créditos en Madrid, calle Velazquez, número 53, 2.º I, con número de teléfono 95-472-16-54, fax 95-472-16-32, 2.- También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. Dirección de correo electrónico: [email protected] Para el caso de que algún crédito fuera presentado en el Juzgado, se tendrá por no comunicado. 4.º- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (art. 184.3 LC), en escrito dirigido al Juzgado. Madrid, 22 de noviembre de 2013.- Secretario Judicial.

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.